El próximo miércoles a las 10: 30 de la mañana iniciará el conteo de votos de 38 paquetes electorales no contabilizados para el cómputo de la elección por el ayuntamiento de Chignahuapan.
Así lo reveló en entrevista el consejero del Instituto Electoral del Estado (IEE), Arturo Baltazar Trujano, luego del ordenamiento de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Explicó que en la pasada elección del 2 de junio en el municipio de Chignahuapan, hubo un hecho sin precedente y ni previsto por la norma electoral.
Detalló que en dicha elección municipal hubo 85 paquetes electorales, de los cuales solo 47 se pudieron computar, ya que 38 no contaban con las medidas de seguridad impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE), como por ejemplo la falta de actas, que es es una medida de la custodia.
“Lo dejamos en la determinación jurisdiccional, asi se anula la elección y ahora Sala Regional determina que se haga el cómputo de los restantes”, detalló el consejero.
Indicó que se ha convocado a la sesión para proceder al computo como lo determinó la autoridad federal electoral y se hará con las reglas que se establece con la normatividad, con todas sus causales de ley.
“Era una determinación necesaria, nunca había pasado que llegaran sin documentos, sin que se garantice la cadena de custodia”, detalló.
Por lo tanto, indicó que se hará el cómputo probablemente todo el día hasta la madrugada a lo que el resto de candidaturas, podrían interponer recurso de reconsideración a la Sala Superior del TEPJF, esperando a que se pronuncie tendría la jerarquía de última instancia.
“Se tiene hasta el último minuto del 14 de octubre para resolverse los asuntos, porque en el primer minuto del 15 de octubre, toman ya posesión y protesta las nuevas autoridades municipales”, sentenció.
Recordó que de la pasada elección, 91 ayuntamientos fueron impugnados y todas ya fueron resueltas por el Tribunal Estatal Electoral (TEEP), cinco de ellas anuló, mientras la Sala Regional modificó hasta ahora solo la sentencia Chignahuapan, quedando pendientes Venustiano Carranza, Ixtepec, Xiutetelco y Coatzingo, donde se anularon las elecciones.
“No es un revés una aclaración de un hecho que no se había dado”, sostuvo el consejero del IEE.
La Sala Regional del TEPJF revocó la nulidad de las elecciones por la alcaldía de Chignahuapan, ordenando al IEE de Puebla llevar a cabo el cómputo correspondiente.
La inconformidad fue presentada por Juan Lira Maldonado, conocido como “El Moco”, candidato de Fuerza por México, la que de acuerdo con el análisis de los magistrados electorales, el IEE no contaba con ningún impedimento material o jurídico para no llevar a cabo el cómputo de dichas elecciones.
Asimismo, se indicó que en caso de que la cadena de custodia hubiera sido violada, el procedimiento que debía seguirse era el de la reconstrucción de los resultados, situación que no se aplicó.
“Se estima que no existía una imposibilidad material o jurídica para que el instituto local realizará el procedimiento de reconstrucción de resultados a fin de concluir con el cómputo de la elección”, se mencionó.