Entre el paquete de iniciativas que envió el Poder Ejecutivo al Congreso del estado destaca la Iniciativa Ley de Aranceles para el Cobro de Honorarios de los Abogados o Licenciados en Derecho del Estado de Puebla.
En términos coloquiales se propone, como ya lo había advertido el gobernador, Miguel Barbosa, poner un límite al cobro de honorarios de los abogados.
Y si bien en muchos casos es real que malos litigantes han dejado en la ruina a varios incautos y ni siquiera les solucionan el problema, lo cierto es que tasar algunas actividades profesionales se vuelve complejo.
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Por poner un primer ejemplo, ¿cuánto debería cobrar un abogado que es tan bueno que en un mes resuelve el caso para el que se le contrató?, ¿sería justo que otro litigante que tenga una especialidad, diplomado, maestría, cursos o doctorados cobre más, aunque éste segundo no tenga las habilidades para resolver el mismo problema?
Ahora bien, la reforma a la Ley para el Cobro de Honorarios Profesionales, correspondiente a los abogados, propone que haya un porcentaje máximo en aquellos juicios donde lo que se busca es una reclamación económica.
Pensemos en una demanda laboral, que fue precisamente la que impulsó esta iniciativa.
Un abogado que lleve un juicio laboral contra una persona física podría ganar lo mismo que alguien que se enfrente a una trasnacional, la razón es que la tabla de porcentajes se reduce notablemente a medida que se incrementa la solicitud reclamada.
Y seamos sinceros, se requiere más talento, experiencia y hasta astucia para ganarle a una empresa que tiene todo un despacho que a un pobre tendero que desconocía la ley.
Otra observación que sería bueno que se explicara en el Congreso antes de ser votada esta iniciativa sería conocer en cuánto deberán monetizar los abogados cada caso, se debe cobrar lo mismo por defender a un presunto homicida, que a un presunto secuestrador o a un presunto ladrón.
Incluso, ¿es posible cobrar lo mismo por llevar un juicio contra alguien que robó 50 mil pesos que alguien que hurtó 20 millones de pesos?
Detalles como el no cobro de honorarios cuando un juez declare improcedente o deseche las promociones, como si eso no conllevara una inversión de tiempo, dinero y esfuerzo para el abogado o bien la reducción de los honorarios del 25% cuando se logre un acuerdo o resolución abreviada; tampoco parecen promover mucho el nuevo sistema de justicia que pugna por la reparación del daño antes que por personas que pasen años tras las rejas.
Aunque en las 17 hojas de la iniciativa hay material para muchas columnas más, me limitaré a preguntar: ¿consideran correcto que “cueste” lo mismo un escrito para solicitar una pensión alimenticia, un amparo, una denuncia por violación de derechos político-electorales, una inconstitucionalidad o un reclamo de patria potestad?
El concepto de libre competencia está relacionado no solamente con la oferta y la demanda, también implica productividad, eficiencia y eficacia.