El miércoles pasado la votación unánime en la Cámara de Diputados a favor de Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible marcó una de las últimas etapas de un proyecto iniciado hace más de una década. Sin modificaciones a la minuta aprobada en el Senado de la República, de donde salió también con unanimidad.

Y es que fue precisamente en el senado —a finales del 2021— donde se cristalizó esta ley con base a dos iniciativas. Una de Nancy de la Sierra, otra de Ana Lilia Rivera, senadoras por Puebla y Tlaxcala respectivamente.

¿Cuántos artículos más cree que se necesitan para concretar el artículo 4 constitucional, ese que habla de la alimentación? «Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará».

¿1 artículo, 11 artículos, 111 artículos? Precisamente 111. Ciento once artículos para ampliar un artículo de la Constitución que tiene dieciocho párrafos y veinticinco reformas. Una locura.

La necesidad nos ahorca. De cada cien mexicanos, cuarenta no tienen para costear su alimentación. Y de los que sí, una enorme proporción come de la fregada, sin saber cómo nutrirse.

El problema es que es una ley destinada al fracaso, a fomentar la corrupción, o ser letra muerta. Con ejemplos queda más claro.

En el 21° de esta ley se obliga a empresas a informar del uso de transgénicos en sus productos, más allá de lo indicado en la ley general de salud. Así, tan-tán, cortito y directo. Parece que nadie se documentó para saber cómo han transitado normas parecidas en el mundo, trayendo una avalancha de amparos que entorpecerán esta ley.

El 37° obliga a los gobiernos a comprar «al menos un 15% de sus compras gubernamentales de alimentos e insumos primarios directamente a productores pequeños y medianos». Como idea suena genial, repartir el pastel del gasto público. Como realidad suena a un infierno administrativo y un pésimo negocio para los productores.

Para este tipo de compras existen complejos tabuladores y criterios de compra, donde difícilmente podrá competir en precio un pequeño productor con uno grande sin sacrificar utilidades. O más realista, un pequeño productor se ahogará en la tramitología para acceder a estos presupuestos. ¿Situación fiscal, constancia de derechos de seguro social, CFDI 4.0, padrón de proveedores y carta porte?

«Toda persona sin posibilidad de acceder por sus propios medios a la alimentación o que se encuentre en riesgo inminente de padecer hambre (…) tiene el derecho a recibir una cantidad mínima de alimentos adecuados y necesarios». Quien escribe esto es el primero en promover un estado de bienestar, pero este anterior artículo 7°… ¿cómo lo interpretamos e implementamos? ¿Y el 28° que obliga a los municipios a tener comedores comunitarios?

La ley fluye a lo loco entre empoderamiento a la lactancia materna, creación de reservas estratégicas de granos y semillas, o la prohibición de los supermercados de tirar a la basura la comida a punto de echarse a perder.

Además, se fomenta la figura de «canastas normativas». Canastas de alimentos con recomendaciones de consumo para toda la población… diseñadas por territorios por las secretarías de salud…con precios públicos que pueden ser regulados por un comité de acuerdo a las necesidades regionales. ¿Qué?

¿Tienen idea los diputados y senadores lo que dice el documento que unánimemente le mandaron al presidente a expedir? Al menos el agua no-embotellada es gratis en los restaurantes, lo dice esta ley, aunque los cazadores furtivos, no conocen la veda.