Durante la sesión del Congreso del Estado la diputada panista Leticia Hernández Pérez resaltó cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) que indicaron que de 46.6 millones de mujeres de 15 años y más en México, 30.7 millones, equivalentes a 66.1 por ciento, han sido víctimas de algún acto de violencia.
Asimismo, en 2018 se reportaron 3 mil 752 casos de defunciones por asesinatos de féminas lo que representa el índice más alto en los últimos 20 años, es decir, 10 asesinadas diariamente y 30 de cada 100 estranguladas, golpeadas, ahogadas o violadas.
Por ello, Leticia Hernández propuso especificar en el artículo 229 del Código Penal las causas socioculturales por las cuales se comete el delito de feminicidio o razones de género, propuesta que coincide con la formulada por el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio.
La crítica
La panista dijo que la familia es el sector más importante para difundir los valores y actitudes, sin embargo, reprobó las acciones de estereotipos asignados en ella, junto con escuelas, religiones, sociedad y medios de comunicación, donde en muchos casos se le enseña a las niñas atender y someterse a los varones.
Señaló que la violencia de género proviene de algunos hombres que no están dispuestos a dejar el poder que han conseguido a través de los roles de estereotipos, por ello, pidió que en el artículo 229 se señale de cometerse un feminicidio las razones de violencia de género, factores socioculturales, creencias sociales, estereotipos y empoderamiento en contra de la mujer, así como acciones de violencia física previas o posteriores a la privación de la vida.
Así como acciones en donde la víctima se haya encontrado en vulnerabilidad, como salud, físicos o externos que inhiban su capacidad de comprensión ya sea voluntario o involuntario.
Las penas
A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá de 40 a 60 años de prisión y multa de 2 mil a 5 mil días de salario, perderá todos los derechos de carácter de la víctima; en caso de no acreditar feminicidio se aplican reglas de homicidio.
Al servidor público que retarde o entorpezca las acciones por negligencia se le impondrán pena de prisión de 3 a 8 años y de 500 a 1 mil 500 días de multa, destituido e inhabilitado de 3 a 10 años para desempeñar cualquier otro cargo.
La propuesta se turnará a expediente parlamentario para observación en los próximos días. A su vez el diputado por Morena, Víctor Castro López, se mostró en apoyo a las mujeres y aplaudió el trabajo de las diputadas que se encontraban durante la sesión de Congreso.