El máximo tribunal de justicia del país resolvió a favor del Congreso del Estado de Tlaxcala, la controversia constitucional promovida en 2018 por el ayuntamiento de Totolac, contra el acuerdo que resolvió los límites territoriales entre los municipios de Tlaxcala y Totolac.

Las autoridades municipales de Totolac promovieron en 2018 una acción de inconstitucionalidad en contra del acuerdo C.A.M. LXII/013/2017 aprobado por del Congreso del Estado por la presunta infracción al debido proceso y la falta de audiencia para presentar pruebas y alegatos de los límites que se resolverían entre municipios.

La LXIII Legislatura, por conducto de su representación legal, dio contestación a la demanda el 28 de enero de 2019, exponiendo argumentos encaminados a demostrar la constitucionalidad del acuerdo impugnado.

En la sentencia, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que el Congreso del Estado dio oportunidad en igualdad a las autoridades municipales de Tlaxcala y Totolac, para aportar elementos probatorios.

De la misma manera reconoció que las autoridades municipales de Totolac conocieron y participaron en diversas reuniones donde abordaron los temas limítrofes con Tlaxcala, por lo que no existió constancia de que se le negara la oportunidad de ofrecer pruebas o alegatos para defender su territorio.

La falta de defensa que se alega no fue producto del propio procedimiento ni de sus carencias, sino que es directamente atribuible a la inacción procesal del municipio actor”, establece una parte del documento de la sentencia emitida por la Segunda Sala de la SCJN, lo cual, permite advertir que son constitucionales los actos del Congreso local.