Por unanimidad de votos, el pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirmó las candidaturas de Claudia Pérez Rodríguez, Pablo Badillo Sánchez y José Guadalupe Conde Bautista para las presidencias municipales de Tlaxcala, Apizaco y Contla de Juan Cuamatzi, respectivamente, por el Partido Acción Nacional (PAN), así como de Pedro Cocoletzi Rodríguez por el Partido Encuentro Solidario (PES) para la presidencia municipal de Contla de Juan Cuamatzi.

En el caso de Claudia Pérez Rodríguez, su candidatura fue impugnada al señalársele que participó de manera simultánea en dos procesos de selección interna de diversos partidos políticos, respecto de los cuales no media coalición de por medio, vulnerando con ello lo dispuesto en el artículo 227, párrafo 5 de la Ley Electoral General.

Sin embargo, el pleno resolvió que las participaciones de Claudia Pérez Rodríguez no se desarrollaron de manera simultánea, ya que previo a que participara en el proceso interno del PAN, desistió de seguir participando en el proceso interno del Partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena).

Por lo tanto, al momento en que presentó su solicitud para participar en el proceso interno de selección del PAN, en el que obtuvo el carácter de candidata al cargo de presidenta municipal de Tlaxcala, ya no se encontraba participando en ninguno otro proceso de selección interna de candidaturas de algún partido político diverso a Acción Nacional.

El pleno declaró infundados los agravios relacionados a una presunta omisión en presentar sus informes de los gastos que generó durante el periodo de precampañas en el PAN, pues se advirtió que del análisis al contenido del acuerdo INE/CG302/2021 se detectó que no hubo de parte suya algún acto o propaganda electoral.

Aunado a lo anterior, la titular de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE informó que de la investigación realizada no se localizó registro alguno a nombre de Claudia Pérez Rodríguez que haya sido objeto de sanción alguna.

Otros casos

El TET, confirmó los registros de las candidaturas de Serafín Ortiz Ortiz y Anabel Alvarado Varela al ayuntamiento de Tlaxcala por los partidos Alianza Ciudadana (PAC) y Revolucionario Institucional (PRI), tras determinar que no hubo infracciones derivadas del incumplimiento a la obligación de los partidos políticos de rendir informes de gastos. 

En el primer caso, los magistrados José Lumbreras y Miguel Nava, así como la magistrada Claudia Salvador, señalaron que de la revisión de los informes de ingresos y gastos de precampaña que realizó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) no hubo violaciones o infracciones a la normativa en materia de fiscalización, por lo cual declararon infundado el agravio y confirmaron el registro de Serafín Ortiz.

De la misma manera se declararon infundados los agravios contra Anabel Alvarado Varela, candidata propietaria a la presidencia municipal de Tlaxcala, postulada por el PRI, por la supuesta omisión de presentar sus informes de gastos de precampaña.     

Derivado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de precampaña de ese partido, la candidata no se encontraba sujeta a sanción alguna, y por lo tanto se confirmó el registró de su candidatura.