Durante la décima segunda sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala, la Comisión de Finanzas y Fiscalización, que preside el diputado Ever Alejandro Campech Avelar, presentó el dictamen con proyecto de Decreto, por el que se aprueba la propuesta de Planos y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción de los municipios de Teolocholco y Totolac, para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro.
De esta manera, la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, aprobó con las adecuaciones correspondientes que la Comisión dictaminadora planteó, la propuesta de los Planos y Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción presentada por los Ayuntamientos de Teolocholco y Totolac, las cuales tendrán aplicación únicamente durante el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro y servirán de base para el cobro de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, tanto de predios urbanos como rurales, así como para el cobro de construcciones que se encuentren ubicados dentro del territorio de los municipios mencionados, conforme a las disposiciones de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y de su respectiva Ley de Ingresos.
En la presentación del dictamen se mencionó que, los montos correspondientes a los incrementos propuestos por dichos municipios y/o los presentados por el Instituto de Catastro del Gobierno del Estado, resultaron desproporcionados y excesivos, puesto que no se ajustan a la realidad social, si se toma en cuenta, que del año dos mil veintidós al dos mil veintitrés el aumento del salario mínimo fue del 20.3% y que el incremento del valor de la Unidad de Medida y Actualización fue del 7.8%.
Asimismo, se observó que de acuerdo al Índice Nacional de Precios al Consumidor, el acrecentamiento de la inflación en promedio es de 4.6%, cifras que sirven de referencia y pronóstico para el año próximo siguiente, por lo que de un ejercicio aritmético consistente en restar al porcentaje del aumento al salario, el que corresponde al incremento del valor de la Unidad de Medida y Actualización y del acercamiento de la inflación, la Comisión dictaminadora coligió que los incrementos de los valores propuestos, no pueden ser superiores al 8%, por lo que se planteó que el incremento sea el del 7%.
Cabe señalar, que también se recibieron los escritos formulados por los municipios de Apizaco, Emiliano Zapata, Tlaxco, Huamantla, Ixtenco, Mazatecochco de José María Morelos, Santa Cruz Tlaxcala, Terrenate, Xaloztoc y Tzompantepec, sin embargo estos municipios no llevaron a cabo en tiempo y forma los procedimientos establecidos en los artículos 26 y 27 de la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala.
Por lo anterior, se tuvieron por no aprobados los Planos y Tablas de Valores Unitarios de dichos municipios, resultándoles a estos aplicable el artículo 94 de la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala, en el sentido de que las tablas de valores tendrán vigencia del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año para el que fueron aprobadas. Si concluida la vigencia señalada, algún Ayuntamiento no presentó propuesta de nuevas tablas de valores, se tendrá por presentada la del año próximo anterior y el Congreso determinará la actualización correspondiente.
Finalmente, la Comisión de Finanzas y Fiscalización, dictaminó que los municipios que no presentaron propuesta de planos y tablas de valores para que fueran analizadas por el Congreso local, también les será aplicable lo establecido en el artículo 94 de la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala.
El Decreto aprobado por la LXIV Legislatura, entrará en vigor el día uno de enero del año dos mil veinticuatro y estará vigente hasta el treinta y uno de diciembre del mismo año, y será publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.