Aunque no se crearon nuevos impuestos, los existentes por la realización de trámites, servicios y licencias tuvieron un incremento general de 4.5 por ciento, de acuerdo a la inflación nacional.
Todos los interesados en obtener algún servicio municipal o trámite tendrán que hacer un “guardadito” extra para cubrir estos impuestos.
Los impuestos para ciudadanos y empresas quedan de esta forma para 2014.
Por ejecución de obras y servicios los nuevos impuestos contemplan:
* Costo de instalación de luminarias por metro lineal de su predio sin obra civil: 118.09 pesos.
* Costo por metro lineal de su predio con obra civil: 130.63 pesos.
Por cambio de material de alumbrado público a los beneficiados en un radio de 20 metros al luminario, por cada metro del frente de su predio: 33.44 pesos.
La persona que cause algún daño en forma intencional o imprudencial a un bien del patrimonio municipal deberá cubrir los gastos de reconstrucción se causará y pagará además 30 por ciento sobre el costo del mismo.
Por alineamiento del predio con frente a la vía pública:
* Con frente hasta de 10 metros: 120.18 pesos.
* Con frente mayor de 10 metros: 3 pesos por metro lineal excedente.
* Por asignación de número oficial: 253.94 pesos.
Por placa oficial se pagará por cada dígito: 32.40 pesos.
Licencia para construcciones de barda, malla ciclónica, tapial y elementos similares: Van desde los 25.08 a 35.53 pesos por metro lineal.
Cisterna, alberca, fuente, espejo de agua y/o cualquier construcción relacionada con depósito de agua se pagará por metro cúbico o fracción: 35.53 pesos.
Locales comerciales o de servicios con superficies de hasta 50 metros cuadrados irá de 1.05 a 5.23 pesos.
Locales comerciales o de servicios construidos en forma vertical, horizontal o mixta (horizontal y vertical) mayor a 50 metros cuadrados y no mayor a 10 unidades, irán de 2.09 a 14.63 pesos.
Por cambio de uso de suelo se establecen las siguientes tarifas:
Por licencia de uso de suelo para instalaciones permanentes en bienes de uso común del municipio se pagará por metro cuadrado o fracción: 13.59 pesos.
Comercio o servicio con superficie de hasta 60 metros cuadrados: 6.27 pesos.
Comercio o servicio con superficie mayor a 60 metros cuadrados: 13.59 pesos.
Industrial, en zona industrial hasta 500 metros cuadrados: 6.27 pesos.
Industrial, en zona industrial mayor a 500 metros cuadrados: 6.27 pesos.
En cuanto a licencias de funcionamiento de comercios o negocios para que ciudadanos puedan establecer algún comercio quedan de la siguiente forma:
Miscelánea o ultramarinos con venta de cerveza y bebidas refrescantes: 5 mil 729.36 pesos.
Miscelánea o ultramarinos con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada: 11 mil 112.40 pesos.
Depósito de cerveza: 26 mil 975.52 pesos.
Bodega de abarrotes y bebidas alcohólicas en botella cerrada: 52 mil 335.92 pesos.
Baños públicos con venta de cerveza en botella abierta: 21 mil 667.36 pesos.
Billares con venta de bebidas alcohólicas en botella abierta: 21 mil 667.36 pesos.
Pulquería: 16 mil 667.04 pesos.
Vinatería con venta al menudeo: 27 mil 777.36 pesos.
Vinatería con venta al mayoreo y menudeo: 55 mil 554.72 pesos.
Boliche con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica en envase abierto: 34 mil 323.12 pesos.
Alimentos en general con venta de cerveza en botella abierta: 34 mil 320 pesos.
Centro botanero: 53 mil 543.36 pesos.
Restaurante-bar: 45 mil 318.26 pesos.
Salón social con venta de bebidas alcohólica: 60 mil 386.56 pesos.
Hotel, motel, auto hotel y hostal con servicio de restaurante-bar: 89 mil 238.24 pesos.
Clubes de servicio, sociales y/o deportivos: 52 mil 335.92 pesos.
Tienda de autoservicio con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada: 104 mil pesos.
Bar: 85 mil 806.24 pesos.
Salón de espectáculos públicos con venta de bebidas alcohólicas: 127 mil 683.92 pesos.
Discoteca: 150 mil 242.56 pesos.
Cabaret: 314 mil 007.10 pesos.
Centro de entretenimiento con venta de alimentos y bebidas alcohólicas o centro de apuestas remotas y salas de sorteos de números: 624 mil pesos.
Tienda departamental con venta de bebidas alcohólicas: 156 mil pesos.
Cervecería: 47 mil 320 pesos.
Por el refrendo de licencias, irán de 6 a 55 por ciento.
Las licencias que para eventos esporádicos tendrán un costo proporcional al número de días en que se ejerza la venta de bebidas alcohólica pagarán por día y por punto de venta: 302 pesos.
Mientras que los cambios de domicilio se pagará desde un 5 a un 10 por ciento.
Por licencia para el derribo o poda de árboles o palmeras en vía pública o propiedad privada, previo diagnóstico del impacto ambiental, se pagará por unidad: 246.28 pesos.
Por estudio y dictamen técnico de factibilidad de ubicación de mobiliario urbano, por cada mueble se pagará: 150.48 pesos.
Por estudio y dictamen técnico de factibilidad de anuncios en puente peatonal se pagará: 150.48 pesos.
Por estudio y dictamen técnico de factibilidad de ubicación de señalamientos viales, por cada guiador: 152.57 pesos.
Por la evaluación y autorización de los planes de manejo de los residuos sólidos urbanos: 2 mil 490.24 pesos.
Por derechos de expedición de certificados y constancias:
De vecindad en cualquiera de sus modalidades: 148.39 pesos.
De ausencia de vecindad: 210.05 pesos.
De modo honesto de vida: 256.03 pesos.
Por servicio de inhumaciones en fosas y criptas en panteones municipales:
Adquiridas a perpetuidad sujetas a disponibilidad de espacio en las secciones primera, segunda, tercera y cuarta: 3 mil 218.60 pesos.
Adquiridas a temporalidad de 7 años: En las secciones primera, segunda, tercera y cuarta: 3 mil 716 pesos.
Derecho de inhumación en panteones concesionados y/o particulares: 436.81 pesos.
Reinhumación de restos áridos en fosas o criptas de panteones municipales: 408.60 pesos.
Pago de mantenimiento por año, en áreas comunes de las secciones primera, segunda, tercera y cuarta: 299.92 pesos.
Pago de mantenimiento en áreas comunes de las fosas a perpetuidad en las secciones primera, segunda, tercera y cuarta: 127.49 pesos.
Pago de depósito y mantenimiento a 1 año de restos áridos o cenizas en sección de osarios en panteones municipales: 207.96 pesos.
Pago de depósito y mantenimiento a 1 año de restos áridos o cenizas en urna en sección nueva de osarios en panteones municipales: Mil 175.63 pesos.
Derechos por cremación de restos humanos y restos áridos en panteón municipal: 930.05 pesos.
Por derecho de uso de vía pública (ambulantes):
Por ocupación de espacios en, locales, bodegas, así como en zonas permitidas del Mercado de Sabores Poblanos, comida típica, se pagará diariamente, por metro cuadrado: 2.50 pesos.
En tratándose de comerciantes que no provengan de mercados municipales, la ocupación de espacios se pagará diariamente, por metro cuadrado a razón de: 8.50 pesos.
En espacios públicos en Mercados temporales y tradicionales, previamente autorizados se pagará diariamente por metro cuadrado o fracción: 4.50 pesos.
Las cuotas por la ocupación de locales externos (informales) de los mercados municipales, se pagarán conforme a la siguiente tabla:
La Victoria: 160 pesos.
Mercado El Parián: 90 pesos,
Mercado Guadalupano local: 8.50 pesos.
5 de Mayo: 31.50 pesos.
Nicolás Bravo, El Parral: 23 pesos.
Melchor Ocampo, El Carmen, calle 21 Oriente: 94 pesos.
Melchor Ocampo, El Carmen, Privada Tamaulipas: 62.50 pesos.
José María Morelos El Alto: 31.50 pesos.
Vicente Suárez, La Piedad: 21 pesos.
La Libertad, Cuexcomate: 21 pesos.
Amalucan: 26 pesos.
Joaquín Colombres: 17 pesos.
San Baltazar Campeche: 21 pesos.
Por ocupación de espacios en Los Portales y otras áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por mesa que no exceda de cuatro sillas diariamente: 20 pesos.
Las cuotas que se pagarán por giros (establecidos) en mercados de cárnicos, pollerías, pescaderías, abarrotes, materias primas, cocinas, marisquerías, frutas, legumbres y florerías, tianguis y giros diversos serán mensuales:
La Acocota y 5 de Mayo: 27.17 pesos.
El Parral y El Alto: 22.99 pesos.
Diagonal Defensores, Melchor Ocampo, El Carmen, unidad Guadalupe y Amalucan: 20.90 pesos.
La Piedad, La Libertad, Mayorazgo, San Baltazar: 18.81 pesos.
Venustiano Carranza, Santa Anita, Santa María, Joaquín Colombres,Xonaca, Xonacapetec I y Xonacapetec II : 16.72 pesos.