En sesión especial los consejeros del Instituto Electoral del Estado (IEE) aprobaron por unanimidad desechar la petición del Ayuntamiento para organizar los plebiscitos de las 17 juntas auxiliares en los primeros dos meses de 2022 por no estar en las facultades legales del árbitro electoral, a menos que la autoridad del TEPJF lo mande.
La consejera, Sofía Marisol Martínez Gorbea recordó que en 2019, el IEE organizó los plebiscitos en Ignacio Zaragoza, además en Santa María Moyotzingo, San Martín Texmelucan, y San Luis Temalacayuca, Tepanco de López, por el fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación porque los procesos se promovieron por los actores políticos de esa elección realizada por los Ayuntamientos.
Bajo ese panorama el consejero Jesús Arturo Baltazar Trujano refrendó que el IEE ayudará al Ayuntamiento como ocurrió en el pasado.
Refrendó que la Ley Orgánica Municipal no faculta al IEE, pero por mandato judicial o si la LXI Legislatura cambia la ley, el arbitro electoral deberá realizar los plebiscitos.
En la sesión los representantes de los partidos políticos, advirtieron que sí ayudarán a desarrollar el proceso entregando la papelería oficial a la administración municipal y las herramientas para la contienda de renovación de los alcaldes auxiliares.
Así los consejeros respondieron a la petición presentada por la Síndico Guadalupe Arrubarena García y el secretario de Gobernación, Jorge Cruz Lepe, el jueves 2 de diciembre previo al IEE.
El Consejo General del IEE estará atento a las sugerencias de la administración municipal para desarrollar el proceso electoral.
Días atrás se conoció que la organización de la contienda superará los 34 millones de pesos que el IEE no tiene previstos.
Además los consejeros indicaron que el IEE puede organizar los plebiscitos si la ley municipal electoral del estado la cambian los diputados o un mandato judicial.
Los consejeros recordaron que tanto la Constitución del estado de Puebla como la de los Estados Unidos Mexicanos, además del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado y la Ley Orgánica Municipal, establecen que los ayuntamientos deben garantizar unos plebiscitos transparentes y legales.
A petición del Ayuntamiento entregará el material electoral, urnas y mamparas, además gestionará ante el INE para que proporcione el listado de reconocimiento óptico de caracteres y ante el Instituto Politécnico Nacional (IPN) la tinta indeleble.