La Reforma al Poder Judicial, ha generado gran controversia, incluso internacionalmente, las que parecen se discutirán inminentemente en la Cámara de Diputados y Senadores, en los próximos días.
En el estudio, realizado por Strategia electoral, “Radiografía de la Reforma al Poder Judicial”, se detalla que la reestructura del Poder Judicial Federal, contiene a grandes rasgos el reemplazo gradual de ministros, magistrados y jueces mediante elecciones populares.
Asimismo, la organización de los procesos electorales referidos a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE) y el establecimiento de un tiempo límite para que tribunales resuelvan asuntos, entre otros.
Implicaciones de la reforma al Poder Judicial
Entre las implicaciones que tendrá la Reforma, se señala la destitución de miles de personas juzgadoras al momento que las candidaturas electas tomen posesión generará un proceso de liquidación e indemnización, que podría costar varios miles de millones de pesos.
Además, la politización del proceso de selección y el relajamiento de los requisitos no permite garantizar la profesionalización del Poder Judicial Federal, generando incertidumbre para la resolución de asuntos actualmente en trámite.
Además el dictamen no garantiza la independencia de las personas juzgadoras.
Más de 4 mil candidaturas en 2025
Se estima que podrían participar más de 4 mil candidaturas en la elección de 2025:
- 81 para la SCJN
- 18 para la Sala Superior del TEPJF
- 135 para las Salas Regionales del TEPJF
- 45 para el Tribunal de Disciplina Judicial
- 2694 para magistraturas de Circuito
- 1290 para jueces de Distrito
Fechas clave
Siete días después de la entrada en vigor, comenzará la preparación de la elección con la primera sesión del Consejo General del INE.
Treinta días después, se emite la convocatoria para integrar las listas de candidaturas.
12 de febrero.- El Senado debe remitir al INE las listas de candidatutas
30 de marzo.- Inicio de campañas
29 de mayo.- Inicio de la veda electoral
1 de junio.- Inicio de la jornada electoral
4 de junio.- El INE efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados, entregará las constancias de mayoría y declarará la validez del proceso
28 de agosto.- Fecha límite para que el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelvan las impugnaciones
1 de septiembre.- Toma de protesta de personas electas ante el Senado e inicio de funciones Tribunal de Disciplina Judicial y el órgano de administración judiciales, quedando extinto el Consejo de la Judicatura Federal.
15 de septiembre.- Fecha límite para que el órgano de Administración judicial adscriba a las personas electas a sus respectivos órganos judiciales.
2027.- Durante el proceso electoral federal y local se elegirá la mitad restante de las magistraturas de circuito y de las juezas y jueces de distrito.
Los cambios
Se crea un órgano de administración judicial, que determinará el número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias.
Asimismo, será responsable de la administración y carrera judicial del Poder Judicial.
Se crea un Tribunal de Disciplina Administrativa que funcionará en Pleno y en comisiones, ante el cual cualquier persona o autoridad podrá denunciar hechos que pudieran ser objeto de responsabilidad administrativa o penal, a efecto de que investigue y en su caso, sancione la conducta denunciada.
Se reduce la integración de la SCJN de 11 a 9 integrantes.
Se eliminan las Salas de la SCJN.
Se elimina la Sala Regional Especializada del TEPJF.
La elección
Ministras y ministros de la SCJN por períodos de 12 años sin la posibilidad de ser reelectos, con una presidencia rotativa cada 2 años.
Magistradas y magistrados de la Sala Superior del TEPJF por períodos de 6 años improrrogables, con una presidencia rotativa cada 2 años.
Magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial por períodos de 6 años improrrogables, con una presidencia rotativa cada 2 años.
Magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito por periodos de 9 años con posibilidad de reelección consecutiva.
Elegibilidad
Para el caso de ministras y ministros de la SCJN y magistradas y magistrados del TEPJF:
- Se elimina la edad mínima de 35 años.
- Se establece el requisito de haber obtenido un promedio general de calificación mínimo de 8.0 o su equivalente y de 9.0 o su equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado, y práctica profesional de cuando menos 5 años en el ejercicio de la actividad jurídica.
- Para el caso de magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito: Se establece el requisito de tener título de licenciatura en Derecho y haber obtenido un promedio general mínimo de 8.0 o su equivalente y de 9.0 o equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.
Sobre el proceso electoral
- Se prohíbe el financiamiento público y privado de campañas y la contratación de espacios en medios de comunicación.
- Se anula la realización de actos de proselitismo y posicionamientos a favor o en contra de alguna candidatura a los partidos políticos y a personas servidoras públicas.
- Las boletas llevarán impresas al reverso los nombres completos numerados de las personas candidatas en orden alfabético.
- El listado de personas candidatas distinguirá la autoridad postulante y destacará los nombres de las candidaturas de las personas servidoras públicas que estén en funciones.
- Asimismo, contendrán recuadros en blanco para que las y los votantes escriban los nombres y/o los números correspondientes a las candidaturas de su elección.
- Los poderes judiciales locales tendrán hasta la elección federal de 2027 para renovar todos sus cargos de elección popular.