“Nos preguntamos cómo cambiar la cárcel por terapia resolverá el profundo problema de salud publica en el tema de la interrupción del embarazo”, señalaron en relación a la iniciativa presentada por el gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, de reformar el artículo 342 del Código de Defensa Social, la DDSER y Radar 4 Puebla.
“Ante estas propuestas es importante resaltar que el aborto continua considerándose un delito, pues a pesar de que no se penaliza en ciertos casos sigue siendo una decisión que queda en manos de jueces, médicos y legisladores, ignorando los derechos humanos de las mujeres.”
Esta gradual despenalización donde se cambia la sanción privativa de libertad por tratamiento psiquiátrico oculta una profunda doble moral que por una parte sigue “cediendo permisos” a las mujeres pero no reconociendo derechos. Esto continuará en la medida que la decisión última no recae en manos de las mujeres, que otorga a las mujeres un ejercicio de ciudadanía condicionado, refirió la red.
“El hecho es que las mujeres, las más pobres, siguen sometiéndose a prácticas de interrupción del embarazo inseguras y clandestinas. Y si son acusadas por delito de aborto seguirán teniendo una antecedente penal, lo que genera una doble estigmatización, como delincuentes y locas.”
Hay que recordar que en Puebla se encuentran cuatro casuales no punibles de aborto: cuando el embarazo es producto de una violación sexual, cuando la vida de la mujer corre riesgo, cuando existan malformaciones congénitas y por grave descuido del embarazo. De las cuales sólo se encuentran claros mecanismos para la interrupción por violación, pero sigue faltando certeza jurídica ante el resto de las causales.
Es importante señalar que recientemente el relator de Salud de la ONU, en el análisis que hace sobre su última visita a México, recomendó no criminalizar a las mujeres por aborto para garantizar el derecho de ellas al nivel más alto de salud posible.
“Consideramos que el avance en la despenalización del aborto en Puebla y en el resto del país, tiene que ver con la ampliación de causales y por tanto de garantías que les permitan a las mujeres tener acceso y ejercicio real a sus derechos fundamentales.”