La Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP) dio un “revés” a dos dependencias estatales para que entreguen información sobre despedidos y bajas desde que inició la actual administración.

En primera instancia dio un ultimátum de tres días a la Secretaría de Salud, para entregar información de las bajas que ha tenido en los primeros dos años de la actual administración gubernamental. 

Asimismo, los comisionados del organismo garante de la transparencia ordenaron a la Secretaría de Finanzas y Administración, entregar información del pago de finiquitos entregados a despedidos de las dependencias de gobierno en este sexenio.

Ambos recursos de revisión fueron interpuestos por Intolerancia Diario, uno de los cuales ya había sido ganado en una sesión previa, pero la Secretaría de Salud desacató la orden y no entregó la información completa.

En ambos casos, la SFA y Salud han tardado hasta nueve meses y siguen sin entregar información completa, por lo que la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena hizo un llamado a la CAIP para frenar las prácticas dilatorias de las dependencias estatales. Inclusive, la comisionada desglosó o descubrió la serie de trampas que hacen las dependencias para no entregar información.
 
El ultimátum
En el mes de noviembre la CAIP resolvió ordenar a la Secretaría de Salud entregar información de sus despidos y bajas por término de contrato, bajo el expediente número 104/SSA-02/2013. Fue el 22 de abril de 2013 cuando este medio presentó la solicitud a través del sistema electrónico Infomex, registrada bajo el número de folio 00141213. Pasaron nueve meses para que apenas se resolviera por segunda ocasión, pero ahora la dependencia estatal tiene tres días hábiles para entregarla o se dará vista a la Secretaría de la Contraloría para que emita sanciones a funcionarios.

Durante la sesión, el coordinador general jurídico de CAIP, Jesús Sancristóbal Ángel, explicó que a pesar de la orden no se entregó la información desglosada como se solicitó en su momento: “Favor de informar el número de bajas desde febrero de 2011 a la fecha, desglosado mensualmente y cuántos médicos (por especialidad) y enfermeras ya no han sido recontratados en ese tiempo”.

Pero en la nueva respuesta no se entregó el desglose, con lo que CAIP comprobó que no se podía identificar las bajas por renuncia y las que corresponden al personal no recontratado, términos independientes uno del otro: “Se determina que para dar cabal cumplimiento a la resolución, el sujeto obligado debe entregar el desglose más la información para identificar el número de bajas reportadas, cuáles de ellas sucedieron por renuncia y cuáles corresponden a personal no recontratado”.

Así que señaló que la Secretaría de Salud, al no dar cumplimiento a la resolución, tiene tres días hábiles para entregarla, con fundamento en la ley de transparencia, si no se dará vista a la Secretaría de Contraloría para que sancione a los funcionarios correspondientes. 

Las sanciones podrían llegar a ser hasta la inhabilitación, incluyendo al titular de la dependencia, Roberto Rivero Trewartha.

La opacidad
También en el mes de abril del 2013, este medio de comunicación solicitó a la secretaría de Finanzas y Administración (SFA) lo erogado en el pago de finiquitos entre todos los despedidos del actual sexenio gubernamental: “Favor de informar y desglosar de manera mensual y por dependencia, los pagos que se han hecho por finiquitos a personal dado de baja desde febrero de 2011 a la fecha, con montos de cada uno de los finiquitos que se han entregado a las personas”.

Así inició un tortuoso y largo camino para saber algunas cifras de lo que se ha gastado el gobierno de Puebla en pagar a las personas que han sido dadas de baja. Para responder, la dependencia colocó las mayores trabas posibles, como poner a disposición a consulta directa o in situ la información, por lo cual se tenía que recoger personalmente en sus oficinas, luego de responder tras una prorroga de 10 días.

Por lo tanto, la información sólo sería consultada en sus oficinas, sin posibilidad de entregar los documentos fotocopiarlos ni sacarles cualquier tipo de copia, sólo tomar datos. A pesar de que la respuesta está fechada el 24 de mayo, fue entregada hasta el viernes 31 de mayo (una semana después) a las 19 horas, aprovechando hasta el último minuto que tenían para entregar legalmente la información.

En la respuesta se aclara que se entiende como finiquito el convenio celebrado entre el trabajador y el patrón, ratificado en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, pero en el caso de los servidores públicos del gobierno del estado, el órgano competente es el Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla. Señala que el finiquito tiene como objeto terminar por mutuo consentimiento la relación trabajo. “En dicho documento se contiene la relación circunstanciada de los hechos que lo motivaron así como de los derechos comprendidos en él”, se indica.

Posteriormente, sugiere que por cuanto hace a la demás dependencias de la administración pública estatal, hacer la petición a cada una de ellas, toda vez que es facultad de estas representares legalmente en lo relativo a las relaciones laborales.

Debido a estas trabas, se interpuso el recurso de revisión ante la CAIP, el cual quedó bajo el expediente 136/SFA-08/2013, el cual finalmente tras nueve meses se resolvió. Por lo que posteriormente, ante este recurso, la SFA empezó una serie de contradicciones, con dos alcances de respuesta, los que finalmente no sirvieron para su favor.

La resolución
Este miércoles en la segunda sesión del año de la CAIP, el comisionado presidente y encargado del caso, Javier Fregoso Sánchez, decidió en su ponencia revocar parcialmente la respuesta de la SFA. Indicó en su análisis que en el primer agravio del cambio de modalidad de entrega, el sujeto obligado proporcionó los datos a través de correo electrónico, aunque lo hizo en alcances de respuesta.

Señaló que hasta el 10 de diciembre del 2013 entregó mediante una tabla los datos de la solicitud; no obstante, en la documentación se advirtió que si bien se entregó información concerniente a la SFA, fue omiso en entregar la totalidad de lo requerido. “Asimismo, no proporcionó los datos respecto a los sujetos obligados (…) no alcanza desapercibido que el alcance de respuesta del 10 de diciembre se omitió proporcionar los datos en materia de la solicitud”.

Por lo tanto, detalló que faltó información de la secretaría de Salud, Turismo y de Educación Pública, por lo que en consecuencia y fundamentado en la ley de transparencia, ordenó entregar la información, lo que fue aprobado de manera unánime por los tres comisionados. “Que realice una búsqueda exhaustiva y entregue los datos en materia de la solicitud, por lo que hace a las dependencias de las que fue omiso, deberá proporcionar la información contenida de febrero del 2011 a abril de 2013”.

Indicó además que se deberá entregar la información del resto de las dependencias la información relativa de febrero del 2011 a enero del 2012, a fin de cumplir el lapso de la solicitud.

Las trampas
Sobre el tema de la SFA, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena señaló que el principio de celeridad en la entrega de información no ha aplicado la CAIP: “Este recurso se está resolviendo nueve meses después de que se hizo la solicitud de información y que hubo dos ampliaciones”.

Asimismo, señaló que no pasaron inadvertidas la serie de contradicciones de la SFA, como en que en la respuesta inicial, informó que ponían a disposición la información en consulta directa.

La Unidad Administrativa de Acceso a la Información señaló en el informe justificado que el cambio de modalidad radicaba en que no había información de manera digital, pero en la ampliación de información se entregó en formato electrónico.

Resaltó la primera ampliación refiere que la información debería solicitarse a las demás dependencias toda vez que contaban con las facultades de tener los datos: “Me llama la atención que si no la tenía la Secretaría de Finanzas, de qué forma se reporta la ejecución de este tipo de gasto por parte de cada dependencia a la globalizadora que es la Secretaría de Finanzas”.

Detalló que en la ampliación señalaron las autoridades que deberían de solicitarse los datos a las distintas dependencias, sin embargo, en la segunda ampliación entregan la información que primero negaron tener: “Quiero decir que esta situación de cambio de modalidad (de entrega de información) no es aislada, ya en los últimos años diversos sujetos obligados, de un momento a otro comenzaron a responder de esa manera.

”Es decir, no negaban la información de primera instancia, pero invariablemente en su respuesta señalaban que únicamente ponían la información en consulta directa sin importarle la modalidad en la que fuera requerida.

”Ahí están los números, no quisiera entrar a detalle de las dependencias (…) sin embargo, hay datos duros que reflejan los cambios de modalidad”, alertó la comisionada.

Por lo tanto, propuso al pleno emitir una recomendación para que el sujeto obligado (SFA) en lo sucesivo las solicitudes de información en la modalidad de acceso que se le plantea inicialmente, aplicando el principio de progresividad. “Es decir, los derechos humanos son progresivos, lo que significa que una vez que se ha logrado un avance en el ejercicio y tutela de este derecho, no puede este después limitarse o restringirse, sino que se debe seguir avanzando en su cumplimiento”, finalizó.