La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió multar con 70 mil pesos al excandidato a diputado federal por el distrito 7, Mario Rincón González; además a la Asociación Periodística Síntesis SA de CV, responsable del periódico de bolsillo Síntesis, así como a los responsables de la revista Nueva Era, por actos anticipados de campaña.
Por unanimidad, el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, y l magistrada Gabriela Villafuerte Coello acordaron la sanción en contra del funcionario estatal.
De acuerdo a la sentencia se señala que la denuncia fue presentada el 27 de febrero de 2015 por Raymundo Atanacio Luna, en contra de Mario Alberto Rincón González, en su carácter de Secretario de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, y precandidato único a la diputación federal por el distrito 7 con cabecera en el municipio de Tepeaca, por supuestos actos anticipados de precampaña y campaña, así como promoción personalizada.
Lo anterior, por la aparición de su imagen y nombre en la portada y contenido de la revista Puebla, Nueva Era en su edición “especial 15 aniversario”; además,en un periódico de bolsillo que el promovente identificó como Síntesis, correspondiente a noviembre de dos mil catorce, así como en anuncios espectaculares, lonas, bardas, y pendones.
Después de ser rechazada en un principio, los magistrados resolvieron que tanto Rincón González como las empresas señaladas incurrieron en actos anticipados de campaña.
El documento que se encuentra en la página del tribunal señala además una sanción de 14 mil pesos para el periódico Síntesis, y otra se siete mil pesos para la publicación Nueva Era.

La sentencia


“PRIMERO. Se da cumplimiento a la ejecutoria dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-262/2015 Y SUP-REP-300/2015 acumulado.
”SEGUNDO. Se acredita la realización de actos anticipados de precampaña y campaña por parte de Mario Alberto Rincón González, en términos de lo expresado en esta sentencia. SRE-PSD-89/2015.
”TERCERO. Se acredita la realización de actos tendentes a posicionar a Mario Alberto Rincón González, en forma anticipada al inicio de las precampañas y campañas del proceso federal electoral en curso, por parte de Epifania Tejeda Juárez, responsable de la Revista Nueva Era, y Asociación Periodística Síntesis, S.A. de C.V., responsable del Periódico de Bolsillo Síntesis, conforme lo razonado en la presente sentencia.
”CUARTO. Se impone a Mario Alberto Rincón González una sanción consistente en multa de mil días de salario mínimo vigente para el Distrito Federal, equivalente a $70,100.00 (Setenta mil cien pesos cero centavos M.N.).
”QUINTO. Se impone a Epifania Tejeda Juárez, responsable de la revista Nueva Era, una sanción consistente en multa por cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, equivalente a $7,010.00 (Siete mil diez pesos cero centavos M.N.).
”SEXTO. Se impone a Asociación Periodística Síntesis S.A. de C.V., responsable del “Periódico de Bolsillo Síntesis”, una sanción consistente en una multa por doscientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, equivalente a $14,020.00 (Catorce mil veinte pesos 00/100 M.N.).
”SÉPTIMO. El monto de la multa impuesta a Mario Alberto Rincón González; deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral, dentro de los quince días siguientes a que quede firme esta sentencia. SRE-PSD-89/2015.
”OCTAVO. El monto de las multas impuestas a Epifania Tejeda Juárez, responsable de la Revista Nueva Era, y Asociación Periodística Síntesis S.A. DE C.V., responsable del Periódico de Bolsillo Síntesis, deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral, dentro de los quince días siguientes a que quede firme esta sentencia, conforme a lo expresado en el Considerando Tercero de esta determinación.
”NOVENO. En el supuesto de que Mario Alberto Rincón González; Epifania Tejeda Juárez, responsable de la Revista Nueva Era, y Asociación Periodística Síntesis S.A. de C.V., responsable del Periódico de Bolsillo Síntesis, incumplan con lo establecido en los puntos resolutivos Cuarto, Quinto, Sexto,Séptimo y Octavo de esta sentencia, el Instituto Nacional Electoral podrá actuar conforme a sus atribuciones y facultades”.