El Partido Acción Nacional (PAN) anunció que no apelará para que se aplique una sanción mayor a la ex candidata del el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Blanca Alcalá Ruiz, que la aprobada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).
El dirigente municipal albiazul, Pablo Rodríguez Regordosa, en entrevista telefónica, dijo que la amonestación pública por coaccionar el voto durante un evento proselitista realizado en la pasada campaña política estuvo apegada a la ley, de acuerdo a las consideraciones de los magistrados.
Expresó que los actores políticos deben ser respetuosos de las sentencias que emita el TEEP y en el caso del PAN-aseguró-que las acatarán siempre que estas se encuentren fundamentadas en el Código de Instituciones y Procesos Electorales (Coipeep).
Es un asunto de lo que la ley determina y los juzgadores en este caso los magistrados así lo determinaron, entonces, nosotros nos sujetamos a lo que la ley y los magistrados han determinado y refrendamos nuestro compromiso de estar en todo apegados a derecho.
Cuestionado sobre la necesidad de realizar una nueva reforma a la ley electoral para sancionar de forma enérgica la entrega de electrodomésticos y no se quede sólo en una amonestación pública, descartó esta posibilidad.
Enfatizo que lo más prudente será que los órganos electorales vigilen con mayor puntualidad el actuar de los candidatos en los procesos electorales para evitar que incurran en estas prácticas.
En la sesión del pasado 3 de agosto los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) aprobaron una amonestación pública en contra de la alianza Partido Revolucionario Institucional (PRI)-Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y a su ex candidata al gobierno, Blanca Alcalá Ruiz, por la entrega de artículos promocionales no permitidos durante la campaña.
Los integrantes del tribunal local dieron cuenta de la queja presentada por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por la entrega de artículos electrónicos y electrodomésticos durante un evento proselitista de la alianza PRI-PVEM.
En la ponencia del magistrado Fernando Chevalier Ruanova se declararon fundados los agravios denunciados por Morena relacionados con una coacción del voto a favor de Alcalá Ruiz por lo que acordaron imponer una amonestación pública.
Se sanciona a la candidata del Partido Revolucionario Institucional y al Partido Verde Ecologista de México sancionar con una amonestación pública como se indica en el arábigo cinco punto cinco de este fallo. Se autoriza a la Secretaría General de Acuerdos tomar medidas necesarias para el cumplimiento de lo aquí ordenado.
El tribunal no impuso ninguna sanción económica a la candidata ni a los partidos que la impulsaron.