La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio su fallo final y validó la elección a gobernador de Puebla, y rechazó los juicios interpuestos por las candidatas Ana Teresa Aranda Orozco, independiente, y Roxana Luna Porquillo, por el PRD, que demandaron la nulidad del proceso electoral.

Al realizarse la última sesión, durante su ponencia el magistrado Constancio Carrasco Daza determinó que a los actores no les asistía la razón para que se diera la anulación del proceso político del pasado 5 de junio, al sostener que no hubo el rebase del tope de gastos de campaña del candidato por la coalición Sigamos Adelante, Antonio Gali Fayad, pues se comprobó que el gasto comprobado fue de 22 millones de pesos.

Los magistrados indicaron que en su momento el Tribunal determinó que hubo desequilibrio en la promoción de género dentro de la propaganda oficial manejada por el Instituto Electoral del Estado (IEE), sin embargo, no fueron elementos para la nulidad de la votación.

Los procesos dictaminados por el magistrado Constancio Carrasco Daza, fueron al respecto los expedientes SUP-JRC-389/2016 de Roxana Luna Porquillo, así como SUP-JRC-390/2016 de Ana Teresa Aranda Orozco.

Al respecto, los argumentos que presentó Aranda Orozco para la nulidad de la elección ante el Tribunal, fue que en la elección para gobernador de este 2016 se utilizaron recursos públicos durante la entrega de tinacos y paquetes escolares, así como en el reintegro de fotomultas y del pago del servicio de agua. Otra causal sumada fue la manipulación de las boletas electorales durante el conteo, aunque se desecharon por unanimidad de los magistrados.

En tanto, la denuncia de Roxana Luna fue por el rebase de tope de gastos en la campaña del candidato de la coalición respectiva, al igual que la intromisión de recursos de procedencia ilícita, pero sus argumentos fueron infundados de acuerdo con el proyecto de Constancio Carrasco Daza.

Determinan sobre el caso de Compromiso por Puebla

El magistrado Constancio Carrasco Daza para  los expedientes son SUP-JRC-387/2016 por Morena; SUP-JRC-388/2016 por el Revolucionarios Institucional (PRI), determinó que no hubo elementos para la apertura de las urnas que favorecerían a Compromiso por Puebla

El Movimiento Regeneración Nacional,  solicitó la anulación directa de los votos emitidos en tres distritos —el 9 y el 16 de Puebla, capital, y el 18 de Cholula—, debido a que se abrieron paquetes electorales sin una causa claramente justificada.

El partido aseguró que dicha irregularidad se presentó en unas 70 u 80 casillas, las cuales al ser descontadas de la votación final restarían sufragios al instituto de reciente creación —Compromiso Por Puebla (CPP)—, y con ello perdería el registro como partido estatal.

Sin embargo, Flavio Galván consideró que no se tuvieron los suficientes elementos para hacer la revisión.

Mientras el PRI

En su querella original el tricolor había denunciado ante el Tribunal local la compra de votos, el rebase del tope de gastos de campaña del candidato Antonio Gali Fayad, utilización de recursos públicos o de procedencia ilícita, así como irregularidades en las actas de escrutinio y cómputo.

Además de la imparcialidad de las autoridades electorales, la intimidación del gobierno de Rafael Moreno Valle hacia los electores y ataques misóginos hacia su excandidata Blanca Alcalá Ruiz.

Por la suma de estas irregularidades, la representación legal del tricolor solicitó a los magistrados del TEEP que votara a favor de la anulación de la elección, petición que no se concretó.