El presidente de la Comisión de Educación en el Congreso del Estado, Hugo Alejo Domínguez, presentó una iniciativa para que el Instituto de Profesionalización del Magisterio Poblano, creado hace tres años, deje de ser una simple oficina de trámites y permita a los docentes estudiar maestrías y doctorados para mejorar los niveles educativos.
La iniciativa, que se encuentra en estudio, pide reformar el el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de Profesionalización del Magisterio Poblano, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, mismo que estará sectorizado a la Secretaría de Educación Pública del Estado, que fue creado durante el gobierno de Antonio Gali Fayad.
Expresó que la intención es buena, pero se encuentra incompleto, y si bien la Ley General de Educación dispone que la educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, tendrá como fin entre otros, contribuir al desarrollo integral y permanente de los educandos, para que ejerzan de manera plena sus capacidades, a través de la mejora continua del Sistema Educativo Nacional.
Comentó que, por lo tanto, considerando que la obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado, resulta necesario y pertinente alinear y armonizar el marco normativo que sustenta la naturaleza jurídica del Instituto de Profesionalización, con el propósito de que su objeto primordial se centre en ofrecer servicios educativos de tipo superior.
Precisó que tendrá que ser a través de la impartición de planes y programas de estudio de postgrados, cursos, diplomados, certificaciones y programas de profesionalización y actualización pertinentes y congruentes para la superación y desarrollo competitivo, que le permita garantizar el desarrollo de una oferta educativa con capacidad de atender las necesidades de la entidad.
Además, de las prioridades específicas de formación de profesionistas para el desarrollo del Estado y del País, y en su caso acceda al intercambio académico, la movilidad nacional e internacional de estudiantes, profesores e investigadores, así como el reconocimiento de créditos y la colaboración interinstitucional en educación de tipo superior.
De acuerdo con el documento, el artículo 3 de la Ley que creó el organismo ya reformado señala: “El Instituto tendrá por objeto ofrecer servicios educativos de tipo superior, a través de la impartición de planes y programas de estudio de postgrados, cursos, diplomados, certificaciones, programas de profesionalización y actualización pertinentes y congruentes para la superación y desarrollo competitivo del personal docente y trabajadores de la educación que se encuentran en servicio, de tipo Básico, Media Superior y Superior, con sujeción a los lineamientos y disposiciones generales que resulten aplicables, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, la Ley de Educación del Estado de Puebla, las leyes secundarias que de estas deriven y la demás normatividad aplicable.”
Alejo Domínguez también insiste en el documento en “garantizar la profesionalización, superación, actualización, y desarrollo profesional del personal docente y trabajadores de la educación que se encuentran en servicio, de tipo Básico, Media Superior y Superior, de acuerdo con la normatividad que establezca la autoridad educativa federal y estatal”.
Otro puntos son el formular, modificar y ejecutar planes y programas educativos de postgrado de tipo superior para la profesionalización y actualización docente, de conformidad con lo previsto en las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones que emitan las autoridades educativas federal y estatal;
También promover y desarrollar programas de intercambio académico y colaboración profesional con organismos e instituciones educativas, nacionales e internacionales; Promover y apoyar la organización y realización de cursos, seminarios y congresos, así como actividades culturales, deportivas, académicas, científicas y tecnológicas;
Además de expedir certificados, diplomas, títulos o grados académicos de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes y demás disposiciones aplicables.