La Comisión de Equidad de Género del Congreso aprobó por unanimidad la iniciativa presentada por el diputado del PES, Miguel Trujillo de Ita para que a nivel local se pueda declarar la alerta de género en zonas donde haya un incremento de la violencia hacia las mujeres, además los municipios de riesgo la podrán solicitar.

Luego de los candados que había, ya que sólo por medio de la federación se podía declarar la alerta de género por medio de la Conavim, ahora con la reforma a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, se aterriza la declaratoria para que sea la entidad quien tenga dicha facultad.

El documento aprobado agrega el “Artículo 22 Bis” a la citada ley, precisando: “Alerta de violencia de género: Es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad”.

Asimismo en el artículo 23 se establece que los municipios pueden solicitar la aplicación de la medida: los municipios podrán solicitar a la Secretaría de Gobernación la emisión de la declaratoria de alerta de violencia de género a fin de que se adopten las medidas y acciones preventivas de seguridad y justicia que procedan, haciendo del conocimiento público las razones que llevaron a tomar su decisión y la zona territorial que abarcan las medidas a ejecutar.

Artículo 23 Bis: los municipios declarados en alerta de violencia de género contra las mujeres deberán instalar comisiones transitorias para combatir y erradicar la violencia vinculada a los feminicidios y la desaparición, a fin de contribuir de manera progresiva al diseño, análisis, implementación, seguimiento y evaluación de las acciones y medidas que realice el ayuntamiento en la materia, así como de los protocolos de actuación, la aplicación de recursos y la capacitación de servidores públicos que intervengan en la realización de acciones vinculadas a la prevención, combate y erradicación de los feminicidios y la desaparición de mujeres.

Con la reforma que deberá ser votada en el pleno se indica que ante la violencia feminicida, el Gobierno del Estado deberá establecer las acciones siguientes:

I. El derecho a la justicia pronta, expedita e imparcial: se deben investigar las violaciones a los derechos de las mujeres y sancionar a las personas responsables.

II. La rehabilitación: es la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.

III. La satisfacción: son las medidas que buscan una reparación orientada a resarcir los daños físicos y psicológicos de las víctimas de violencia. Entre las medidas a adoptar se encuentran:

a) La investigación y sanción de los actos de autoridades omisas o negligentes que llevaron la violación de los derechos humanos de las víctimas a la impunidad.

b) El diseño e instrumentación de políticas públicas integrales que eviten la comisión de delitos contra las mujeres.

c) La verificación de los hechos y la publicidad de la verdad.

En su argumentación Miguel Trujillo señaló que de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), Puebla es el quinto estado a nivel nacional con más feminicidios registrados durante 2020, al presentarse 39 asesinatos de mujeres con características de feminicidio, en donde en once casos, las mujeres fueron asesinadas con arma de fuego; en siete con arma blanca y en veintiún casos con otro elemento.

Asimismo señaló que en 2016 el estado de Puebla se encontraba en el lugar veintidós en número y tasa de defunciones femeninas con presunción de homicidio, incluso por debajo de la media nacional. Sin embargo, en nueve años la tasa de asesinatos de mujeres con presunción de feminicidio en Puebla aumentó 81%, al pasar de 1.6 a 2.9 entre 2007 y 2016. Específicamente en 2013, se observa un importante aumento de 69% en la Entidad.

Recordó que fue a partir de la demanda de un juicio de amparo presentado por la organización Todos para Todos, A.C., en contra de la resolución de no emitir declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, cuando el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió que se emitiera la Alerta de Violencia de Género para el Estado de Puebla.

Que por consiguiente, el 8 de abril de 2019, la Secretaría de Gobernación Federal, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), notificó al Titular del Gobierno del Estado de Puebla la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en cincuenta municipios de la Entidad.