El nombre de la pequeña “Yaztziri”, quien murió víctima de los golpes propiciados por sus padres, se escuchó en la sesión de la Comisión de la Familia, cuyos integrantes por unanimidad aprobaron una reforma para incrementar hasta 12 años la pena de cárcel y una multa económica a quienes incurran en el delito de violencia intrafamiliar y la víctima sea un menor de edad.
Durante la sesión se presentó el documento firmado por la presidenta de la Comisión, Mónica Rodríguez Della Vecchia, y por la secretaria, Tonanzin Fernández Díaz, la primera del PAN, y la segunda de MORENA, a fin de frenar los abusos que se cometen en contra de menores de edad, y que sean fatales como el de "Yaz".
Rodríguez Della Vecchia advirtió que una gran parte de la violencia infantil que ocurre día con día permanece oculta, pues en ocasiones, las niñas, niños o adolescentes se sienten inseguros de denunciar los actos, debido al miedo que tienen a las represalias de su agresor, pero en muchas ocasiones, los menores no lo hacen porque llegan a sentirse avergonzados, culpables o pensar que es una situación normal que se vive en el resto de las casas.
Recordó que desafortunadamente, un ejemplo claro de lo que es la violencia familiar que reciben los niños y adolescentes, es el hecho que aconteció en contra de una niña de tan solo siete años, que ingresó el día 16 de abril de 2020 al Hospital General de Zona (HGN) No. 20 “La Margarita”, debido al maltrato físico al que era sometida en su entorno familiar .
“Ante tal suceso, el mismo día del ingreso de esta menor, el personal del Instituto Mexicano del Seguro Social hizo una primera notificación a la Agencia del Ministerio Público especializado en dichos temas, lo que permitió que, al día siguiente, es decir, el 17 de abril de 2020, se abriera una carpeta de investigación por el delito de violencia familiar".
El 27 de agosto de ese mismo año, la Agencia Estatal de Investigación detuvo al padre y la madre de la menor, por el delito de violencia familiar y también la Fiscalía mantiene abiertas más indagatorias sobre el caso.
Señaló que los integrantes de la comisión están consientes en que no se puede permitir que un caso como el antes mencionado y que le costó la vida a una menor vuelva a repetirse por lo que, en atención a todo lo ya mencionado, se consideró oportuno reformar el penúltimo párrafo del artículo 284 Bis del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, con la finalidad de establecer que:
- La penalidad del delito de violencia familiar, que oscila de dos a ocho años de prisión se aumentará hasta en una mitad, en caso de que la víctima sea una niño o adolescente.
Explicó que visto lo cual y en mérito de lo expuesto, las integrantes de la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez, posterior al estudio y análisis correspondiente propusieron la siguiente reforma al citado artículo.
En la argumentación los integrantes de la comisión señalan que el maltrato infantil también llega a generar problemas a largo plazo en las personas que lo sufren, pues se relaciona con trastornos del desarrollo cerebral temprano, alteraciones en el sistema nervioso e inmunitario, depresión, obesidad, comportamientos sexuales de alto riesgo, consumo de alcohol, drogas y tabaco, así como enfermedades al corazón o cáncer o incluso puede provocar suicidio.
Las consecuencias de la violencia doméstica pueden trasmitirse de generación en generación, pues este tipo de conductas tienden a seguir presentes en la vida de los niños y mucho después de que hayan abandonado el hogar de la infancia; es así que, debido a que los varones expuestos a la violencia doméstica de sus padres tienen el doble de probabilidades de convertirse en hombres abusadores, que los hijos de padres no violentos; además, las niñas que presencian abusos cometidos contra sus madres tienen más probabilidades de aceptar la violencia en las relaciones de pareja o en el matrimonio, que las niñas que provienen de hogares no violentos.