El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Raúl Espinosa Martínez, propuso una reforma a la fracción XII del artículo 68 de la Ley de Desarrollo Forestal del Estado de Puebla, para reducir la deforestación que hay en el estado, mediante la capacitación a los productores de madera.

Indicó que Puebla es una de las diez entidades de México con más riesgo de deforestación, pues se estima que en siete años se perderán 36 mil 785 hectáreas forestales y otras 379 mil 728 hectáreas están en “muy alto riesgo” de desaparecer, tal y como lo dio a conocer el Índice de Riesgo de Deforestación del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático.

Señaló que con esa cifra, la entidad se coloca en el sexto lugar nacional por riesgo de deforestación, quedando solo por debajo de Morelos con un 5.23 por ciento, Yucatán con un porcentaje del 4.12, Veracruz con 3.93 por ciento, Guerrero con un rango del 3.89 por ciento y Tabasco con tan sólo un3.76 por ciento.

Comentó que por desgracia, las zonas que más han perdido masa boscosa en Puebla, en los últimos años, según el mapa del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, denominado “Deforestación Observada en Diferentes Niveles de Presión”, son la Mixteca y el Valle de Atlixco, así como también la Sierra Negra y Sierra Norte .

Que con fundamento en lo que ha sido mencionado, considero oportuno reformar las fracciones X y XI, y adicionar la fracción XII al artículo 68 de la Ley de Desarrollo Forestal del Estado de Puebla, con la finalidad de establecer que los servicios técnicos forestales comprendan el elaborar el contenido de programas integrales relativos a la prevención de la extracción y tala ilegal.

La propuesta presentada ante el congreso es reformar la fracción XII al artículo 68 de la Ley de Desarrollo Forestal del Estado de Puebla, para quedar de la siguiente manera:

ARTÍCULO 68.- …

X.- Proporcionar asesoría técnica y capacitación a los titulares de aprovechamientos y demás titulares de usos forestales, con el objeto promover la formación de técnicos prácticos comunitarios;

XI.- Elaborar el contenido de programas integrales relativos a la prevención de la extracción y tala ilegal.