Con la reforma al artículo 17 de la Ley de Seguridad Pública, que aprobará éste mes el pleno del Congreso, los presidentes municipales dejarán de tener el control de las cárceles que se encuentren en sus municipios, y será el titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en el estado, quien designe a los titulares.
Dentro del proceso de reingeniería que comenzó el gobernador Miguel Barbosa, para combatir la corrupción en los Centros de Reinserción Social (Ceresos), así como en las cárceles municipales, ahora se proponen ampliar las facultades del titular de Seguridad Pública para que los directores de todos los penales sean nombrados por él.
De acuerdo a la ley se establece en su Artículo 17 “Son atribuciones del Titular de la Secretaría de Seguridad Pública, en el ámbito de su competencia, las siguientes:
- XI.- Integrar el Sistema de Información Penitenciaria
- XII.- Dirigir los mecanismos, sistemas y procedimientos de funcionamiento de los centros penitenciarios de reinserción social y los de internamiento especializados para adolescentes del Estado
Y será en ésta última fracción donde se ampliarán las facultades para que los directores de los penales dejen de ser nombrados por los presidentes municipales, y con ello haya un mayor control para evitar actos de corrupción, así como violaciones a los derechos humanos.
De acuerdo con el documento con la reforma se permite un trabajo integral, ya que señala en torno a las facultades del titular de seguridad:
- Realizar las funciones de evaluación de riesgos que representen los imputados, así como la supervisión y seguimiento de las medidas cautelares, distintas a la prisión preventiva impuestas por los Jueces de Control.
La reforma de acuerdo con lo señalado por la presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Nora Merino Escamilla, las comisiones a las que sea turnada la iniciativa deberán sesionar para analizar y discutir el documento, turnarlo al pleno, y que sea aprobado antes de que termine el mes de agosto.