Durante la discusión del decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, el Congresista José Gilberto Temoltzin Martínez, se dijo a favor en lo general “reconozco la necesidad de un ordenamiento jurídico de esta índole en razón de las exigencias de los justiciables y del propio tribunal”, señaló, advirtiendo que en lo particular formularía posiciones en contra.

Temoltzin Martínez solicitó ante la mesa directiva la reserva del último párrafo del artículo 10, la fracción primera del apartado C del artículo 17, la fracción V del apartado A del artículo 20 y el primer párrafo de la fracción primera del apartado A y fracción primera del apartado B del artículo 23.

En su exposición el legislador panista, consideró ilegal que dentro de las disposiciones se prevé como facultad de las ponencias el resolver en únicas instancias respecto de los asuntos que le compete al tribunal, “en virtud de que conforme a la integración colegiada de los tribunales esta debe ser reflejada en su actuar, en la forma en que emitan sus resoluciones” señaló.

Así mismo Pepe Temoltzin señaló que de acuerdo a la ley que estaba en discusión, señala que por cuanto, a su organización, funcionarán en pleno y en ponencias, lo que resulta contradictorio ya que las ponencias deben funcionar con el fin de elaborar el proyecto de resolución o sentencia y llevarlo al pleno del tribunal, como organismo colegiado, superior y éste, valore confirme o niegue el sentido del proyecto de resolución.

En razón a ello, el congresista consideró que las ponencias no deben estar facultadas para resolver en única instancia, en todo caso debería ser un tribunal unitario, “dada la relevancia y la naturaleza de los asuntos que conocerá el tribunal de justicia administrativa, debe existir un consenso y certeza en las resoluciones que emite”, puntualizó

De esta manera, Pepe Temoltzin señaló que las resoluciones que emitan las ponencias, deberán de contar con plena legitimidad de al menos 2 magistrados, por lo que consideró que las ponencias deben sujetarse a emitir un proyecto de resolución y no la resolución como tal.

La cual de acuerdo a los ordenamientos federales, las resoluciones son colegiadas, en ese sentido, el congresista sustentó los posicionamientos por los que no acompaña en lo particular dicha iniciativa.