El Código Penal de Puebla mantiene dos artículos donde se exponen sanciones a las mujeres y personas que consientan el aborto, sin embargo, en lo que va de este año no se registra una sola carpeta de investigación.
Según datos oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), es la cifra más baja desde 2015.
Este 28 de septiembre se celebra el Día de Acción Global para el acceso al Aborto Legal y Seguro, fecha convocada por un movimiento feminista con el fin de legalizar esta práctica y así evitar la muerte de mujeres por operaciones clandestinas
Las estadísticas no especifican si en las carpetas de investigación abiertas se vincula a la mujer que se haya practicado el aborto o a médicos, enfermeras u otras personas que puedan hacerlo clandestinamente, ni si hubo detenidos.
En noviembre de 2021, el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, aseveró que en la entidad no se persigue el aborto y desde entonces solo se abrió dicha carpeta de investigación por parte de la Fiscalía General del estado (FGE).
Anteriormente a la administración gubernamental de Miguel Barbosa, desde 2015 a 2019, se registraron 41 indagatorias abiertas por el delito.
Entre 2015 y 2016, cuando aún era gobernador Rafael Moreno Valle, fueron los años que más se abrieron carpetas o indagatorias, 7 de ellas en el primer año y 16 en el siguiente.
Para 2017, ya en el gobierno de Antonio Gali Fayad, se abrieron nueve carpetas de investigación y cinco en 2018.
En 2019, en la breve administración interina de Rafael Pacheco Pulido se abrieron cuatro carpetas de investigación y seis más en 2020, cuando Miguel Barbosa ya estaba en el cargo de mandatario de Puebla.
Aborto en Puebla
En Puebla una mujer puede ser procesada por aborto, según el artículo 342, aunque el juez que tuviera un caso, podría invalidar la legislación y aplicar lo determinado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los jueces están obligados a tomar los criterios de la SCJN, por lo que ya no pueden emitir sentencias en dichos casos.
Desde 2018, la SCJN resolvió que las instituciones de salud en México deben contar con políticas de salubridad para atender, sin dilación alguna, casos urgentes de interrupción legal del embarazo, en caso de violación.
El Código Penal de Puebla mantiene dos artículos donde se exponen sanciones no solo a las mujeres que aborten, sino también a las personas que consientan el aborto, las que podrían ser médicos, enfermeras u otras personas.
El artículo 340 establece sanciones de uno a tres años al que haga abortar a una mujer, sea cual fuere el medio, siempre que lo haga con consentimiento de ella.
El artículo 341 señala si el aborto lo causara un médico, cirujano, o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al artículo 340, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión u oficio.
El artículo 343 señala que el aborto no es sancionable si es causado solo por imprudencia de la mujer embarazada (es decir, por accidente o espontáneo).
Asimismo, no se sanciona cuando el embarazo sea el resultado de una violación, ni cuando la embarazada corra peligro de muerte, a juicio de dos médicos.
Además, no hay delito cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos
Despenalización, a la congeladora
Hace unas semanas, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la LXI Legislatura del Congreso de Puebla, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, señaló que el tema de la despenalización necesita un consenso y mayoría para subirlo a discusión al Pleno.
El año pasado se realizó un parlamento donde se discutieron a favor y en contra de la despenalización, con el objetivo de tomar una decisión habiendo escuchado a las partes.
Pero en el Congreso sigue sin discutirse, mientras el gobernador Miguel Barbosa, consideró que el tema de la despenalización del aborto aún tiene que madurar al pedir a diputados locales “que no echen a perder el tema con protagonismos”.
“No es correcto el protagonismo individual por un tema tan grande. Cuídenlo, para que sea una cosa ordenada en su momento. Hay que cuidar las cosas”, aseveró en una de sus videoconferencias.
De la misma manera subrayó que al ejercicio de las funciones de los Poderes Públicos se les cuida con comportamientos responsables y la despenalización del aborto en Puebla es un gran tema social, cultural y religioso.
“Puebla no persigue. Hoy, como está la legislación, no persigue el aborto, Señáleme un caso de una mujer que fue detenida por aborto”, aseguró el gobernador poblano.
Aborto Legal
Cada tres días, desde hace quince años en promedio, una joven poblana acude a clínicas de la Ciudad de México (CDMX) a realizar el aborto legalmente y con todos los cuidados médicos.
De este modo, más de mil 500 mujeres han acudido a clínicas de la Ciudad de México desde hace 15 años.
Según datos del Sistema de Información de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) de la capital del país, desde abril del 2007 a agosto del 2022, mil 585 poblanas fueron atendidas.
Por lo tanto, la entidad poblana se ubica en tercer lugar nacioanl con más casos, sólo por debajo de CDMX y del Estado de México.
"Gran parte de las mujeres de Puebla que han decidido interrumpir un aborto, se ven obligadas a recurrir a métodos inseguros y con ello a arriesgar su salud", señala el ILE.
Incluso el ILE se promociona en la internet para dar apoyo a las mujeres que lo requieran, donde explican las leyes y dan opciones seguras en la CDMX.
En tanto el ILE se brinda de manera legal, calidad, segura, confidencial y gratuita en siete Unidades Médicas de los Servicios de Salud Pública de la CDMX y siete Hospitales de la Secretaría de Salud capitalina.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI), en México, la razón de mortalidad materna debido al aborto legal ha disminuido de 2010 a 2019, pasando de 56.2 a 31.2 respectivamente, por cada 100 mil nacimientos estimados, sin embargo, el 5% de estas muertes fueron por aborto.