En caso de que un servidor público niegue, injustificadamente, la realización de un trámite, el afectado podrá presentar una protesta ciudadana, de acuerdo con el reglamento de la Ley de Mejora Regulatoria y Buena Administración que fue publicado este lunes en el Periódico Oficial del Estado (POE) de Puebla.
La medida también aplicará cuando se altere o se incumpla con la información inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios o en el Registro Estatal de Visitas Domiciliarias.
Para presentar la protesta, la persona deberá cumplir con los siguientes requisitos: proporcionar su nombre; copia simple de identificación oficial o copia del acta constitutiva en caso de ser una persona moral; dirección de correo electrónico; exposición de los hechos y pruebas de ello.
Sin embargo, el procedimiento de la protesta ciudadana se regirá de acuerdo con los lineamientos expedidos por el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria, que será integrado por representantes de los sectores privado, social y académico.
Registro de Trámites
De acuerdo con el reglamento, los sujetos obligados deberán inscribir los trámites y servicios de su ámbito de competencia en el Registro Estatal.
Para lo anterior se tendrán que utilizar las cédulas que determine la Comisión Estatal de Mejora, y que deberán contener: nombre y descripción del trámite; homoclave; identificar si es trámite o servicio; nombre de la modalidad; beneficio y especificar si es necesario hacer cita.
También se deberán describir los pasos para realizarlo; sus requisitos, descripción y fundamento jurídico, entre otros.
Cabe mencionar que no se podrá exigir a los particulares cumplir con algún trámite o requisito que no esté en el Registro Estatal, salvo los casos de excepción.