Con la ley de datos personales por aplicarse la siguiente semana se evitarán abusos como la utilización de los nombres para padrones de partidos políticos, sentenció la presidenta del Instituto de Acceso a la Información Pública (ITAIP), Gabriela Sierra Palacios.

La comisionada, en entrevista posterior a la sesión de pleno, recordó que ella misma fue víctima de este abuso de parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que la tenía en su padrón como militante sin su consentimiento.

Sin embargo, a pesar de que metió quejas al tricolor no hubo solución ni la borraron del padrón, hasta que el Instituto Nacional Electoral dio esta oportunidad.

Sobre la ley de datos personales, señaló que están en el proceso o periodo de capacitaciones sobre lo que marca la ley para informar a los sujetos obligados.

Señaló que son pocas las quejas que han presentado ciudadanos sobre el mal uso de datos personales, menos de cinco en tres años que tiene la ley.

Creo que cada día los sujetos obligados tienen mayor conciencia de salvaguardar los datos personales, de los trabajadores que laboran en las instituciones o de la gente que llega a solicitar servicios”, afirmó.

Se están girando los avisos de privacidad que la ley marca una elaboración más exhaustiva, pero creo que sí hay mayor conciencia de la protección de datos personales que entra en vigor del 27 de julio de este mes”, recordó.

Ya haremos nuestra parte en la capacitación a sujetos obligados como a la ciudadanía”.

¿Usted apareció en el padrón de militantes del PRI, ahora se podrán impugnar estas afiliaciones indebidas?

De hecho yo me enteré (por una reportera), desconocía que aparecía en el padrón del partido político, ya me borraron, pero ejercí mis derechos. Hay que hacer una labor muy grande, sobre todo en la ciudadanía para evitar este tipo de cuestiones y la ciudadanía se pueda defender de que estén utilizando su nombre sin dar la autorización”, indicó.

ID: ¿Qué hizo, presentó recursos?

Presenté un recurso de revisión, hicieron caso omiso, se le dio visto a su órgano interno de control, también se hizo caso omiso, en ese entonces la ley no tenía sanciones. La verdad que lo dejé a un lado, pero este año por parte del INE hubo un procedimiento para que quienes quisiéramos borrarnos, hiciéramos uso de nuestro derecho y nos borraran.

ID: ¿Fue por el INE y no por los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición)?

En esta nueva ley se prevén sanciones, medidas de apremio, medidas de impugnación, recurso de revisión y las denuncias por incumplimiento. Va a ser mucho más fácil que se puedan defender los derechos ARCO.

Recordó que la multa mínima es de casi 12 mil pesos y la máxima de 120 mil pesos, por lo que el ITAIP está haciendo los tabuladores, de acuerdo a la gravedad de los asuntos o de las faltas que se aplicarán.

La ley

La ley de datos personales tendrá multas que van de los 11 mil 338 pesos a los 113 mil 385 pesos, como fijó el gobierno del estado en su iniciativa.

Deberán apegarse a la legislación los sujetos obligados de la administración como dependencias gubernamentales, partidos políticos, organismos públicos descentralizados y entidades.

Las multas planteadas serán por mal uso o violación a los derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos personales, las que no podrán pagarse con recursos públicos.

Si no se cubren en el plazo establecido, en este caso, cinco días después de la notificación, los funcionarios responsables acreditarán responsabilidades administrativas.

La Ley de Datos Personales aplica para toda la información que obre en soportes físicos o electrónicos en poder de las dependencias o sujetos obligados y todo tratamiento (uso, envío, reproducción o entrega) debe estar justificado a los titulares mediante las finalidades para las que se requiere.

Toda entrega de datos deberá contar con un Aviso de Privacidad y los sujetos obligados deberán contar con este anuncio a más tardar tres meses después de la entrada en vigor de la ley.

El ordenamiento expone que los datos personales en poder de los sujetos obligados deben eliminarse cuando concluya el periodo de conservación de los mismos y en caso que el responsable quiera tratar la información en una modalidad distinta, deberá emitir un nuevo Aviso de Privacidad.

Cuando el titular de los datos considere que hubo un mal uso de sus datos o se violaron sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, podrá interponer un recurso de revisión ante el ITAIP, los recursos no procederán cuando la transferencia se haya realizado por alguna investigación judicial o persecución de delitos.

Para no violar las disposiciones, la ley también contempla una serie de medidas de seguridad física y tecnológica para que los sujetos obligados, responsables de la información, usen los datos conforme a derecho.

En caso contrario, se aplicará una sanción de 150 a mil 500 Unidades de Medida y Actualización, y si el sujeto reincide se le cobrará el doble y cuando no pague, se le iniciarán responsabilidades administrativas.

El caso más representativo de mal uso de datos personales fue la afiliación a partidos políticos sin el consentimiento del titular de los mismos. También constituye una falta cuando la difusión de los datos afecte la libertad, derechos o intereses de una persona.