Ante el veto que se dio por parte del poder ejecutivo a las iniciativas para derogar la llamada Ley Bala, así como reformar la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, el Congreso del Estado redactará un nuevo documento para el primer caso, y en el segundo recurrirá a la Controversia Constitucional.

En conferencia de prensa realizada en el salón Miguel Hidalgo, el presidente de la Mesa Directiva, José Juan Espinosa Torres, anunció que el Congreso del Estado promoverá una acción de inconstitucionalidad por el veto de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.

Espinosa Torres, dijo que la decisión del Ejecutivo estatal estuvo sustentada en "pretextos jurídicos para no respetar un acto soberano" y forman parte de "un revanchismo político".

Por lo tanto, adelantó que recurrirán a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que declare la inconstitucionalidad del texto vigente y revoque la facultad a su titular para que nombre a su sustituto.

Espinosa Torres adelantó que sostendrá una reunión con el titular de la Secretaría General de Gobierno (SGG), Diódoro Carrasco Altamirano, para intercambiar algunas opiniones sobre el veto ejercido por el mandatario estatal.

El pasado 24 de septiembre, con 26 votos a favor y 15 abstenciones, el Congreso del Estado aprobó derogar la reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, que permitía al fiscal, si solicitaba licencia mayor a 30 días, nombrar a un encargado de despacho. Con la modificación la facultad será asumida por los diputados.

Con la aprobación por mayoría de votos, incluidos los de los partidos Revolucionario Institucional, así como Verde Ecologista de México, quedaría sin efecto la posibilidad de que un fiscal pueda nombrar a su sustituto como lo aprobó la anterior legislatura.

Los legisladores aprobaron que cuando la licencia solicitada por el fiscal sea mayor a 30 días se tomará como una renuncia y, por ello, se iniciara el procedimiento para la designación del nuevo titular presentando una propuesta de diez nombres al titular del Ejecutivo para que éste presente una terna que será votada en el pleno.

Mientras, en lo referente a abrogación la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que regula el uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, expresó que ingresará al pleno una iniciativa para convocar a  una serie de foros de consulta con expertos para integrar, antes de 30 días, una nueva ley que regule el uso de la fuerza por parte de las corporaciones policiales y sustituya la derogada.

Las observaciones

El pasado lunes, el gobernador Tony Gali realizó observaciones con respecto al Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que regula el uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, así como del Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 16 y se deroga el tercer párrafo del artículo 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado (FGE).

En el primero de los casos, explicó que en el marco jurídico nacional e internacional, existe la obligación del estado para regular el uso legítimo de la fuerza pública. De este modo, existen documentos jurídicos emitidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que establecen la obligación de los estados miembros, entre ellos México, de regular de uso de fuerza y armas de fuego por parte de los elementos de las instituciones de seguridad pública.

En el Artículo 21 de la Constitución Federal igualmente indica que la seguridad pública es una función a cargo de la federación, los estados y los municipios. De ahí la obligación del estado de vigilar la regulación del uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos de las instituciones policiales.

Respecto a las modificaciones a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado (FGE), el artículo 14 de la Constitución Federal señala que “a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”. Conforme a este principio, las leyes no pueden regular situaciones hacia el pasado, únicamente hacia el futuro.

El Artículo Tercero Transitorio de la Ley que se observó es retroactivo, porque pretende afectar los nombramientos del Fiscal General y del Encargado de Despacho, que fueron generados con anterioridad a la emisión de la reforma.