El Poder Legislativo en el ámbito de sus atribuciones es el que define en dónde, cuándo y la fecha en la que deben comparecer los servidores públicos más no los define el personaje citado, señaló el gobernador Miguel Barbosa, quien respaldó al Congreso del Estado, pues tiene las atribuciones para llamar a rendir cuentas a los servidores públicos quienes ejercen dinero público.  

Se trata de una definición legal entre sí el Congreso local puede citar a un servidor público municipal, la ley dice que sí, la ley dice que sí puede citarlo, hay un artículo perfectamente claro en ese sentido”, dijo el mandatario local.

Ante la postura de la presidenta municipal, Claudia Rivera, quien dejó un documento ante integrantes de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado (ASE) con respecto al uso de los recursos para después retirarse sin ser cuestionada, el mandatario local dijo que la alcaldesa sí puede tener responsabilidad por esta acción.

“Qué posibilidades hay de obligar a un servidor público a comparecer, pues no tiene medidas de coerción, no puede haber apercibimientos, no hay atribuciones para el Congreso para obligar a un servidor público a comparecer, puede haber responsabilidades por su no comparecencia”, dijo el mandatario local.

El gobernador respaldó al Poder Legislativo pues dijo que éste es el que “define los procedimientos parlamentarios, los define el Congreso no debe verse como un asunto de que el citado define dónde comparecer, no, son procedimientos que define el Congreso. La civilidad política, diría yo que la seguridad que deben tener los servidores públicos de poder comparecer ante las autoridades que lo requieran es un hecho importante”, dijo.

El mandatario local refrió que con base a los artículos 222, 223 y 228 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se tienen las atribuciones para citar a comparecer a los servidores públicos estatales y municipales, ella es una servidora pública y por lo tanto debe rendir cuentas ante las condiciones que fijen los diputados locales.