El gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta envió al Congreso del Estado la iniciativa para sancionar a los automovilistas que participen en carreras de velocidad, conocidas comúnmente como “arrancones”, con ello se les cancelará la licencia de conducir por un periodo de 10 años y habrá un banco de datos para que los infractores no puedan gestionar el permiso.

El documento que será analizado en comisiones, señala que el gobierno del Estado no puede ser omiso ante los riesgos que se presentan en algunas de las vialidades para la actividad de competencias de vehículos de propulsión mecánica, que corren superando la velocidad permitida en las calles, avenidas y en general cualquier vialidad en el estado, y que más allá de las infracciones administrativas "estamos en presencia de riesgos directos para quienes transitan peatonal o en vehículos en las calles, e incluso para los mismos conductores".

Se reconoce que la mayor parte de los accidentes que se provocan en este tipo de eventos, son trágicos, que sin duda atentan con la vida que en su mayoría son jóvenes y de las demás personas.

En la argumentación se precisa que “este gobierno debe velar por todos los elementos que hagan posible una vida digna para los habitantes del estado y en tales circunstancias resulta indispensable realizar la prohibición de estas carreras clandestinas fuera de la ley y riesgosas para los poblanos, las cuales se les ha denominado 'arrancones'”.

En ese tenor, es jurídicamente y socialmente "crucial para el estado proteger los bienes jurídicos tutelados, tomando en consideración que los dos más importantes son la vida y la integridad de los poblanos, por lo tanto, desde la perspectiva de protección resulta importante contar con elementos que garanticen la vida y la seguridad jurídica de las personas que transitan en la vía pública, en contra de los efectos que causan las competencias de velocidad en la vía pública conduciendo cualquier vehículos de propulsión mecánica, ya que generan velocidades que impiden el control provocando un grave riesgo social".

Se explica que el vigente artículo 19 fracción XXXVII de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, establece como prohibición que los conductores entablen cualquier tipo de competencia de velocidad, sin embargo, la sanción no ha generado una efectiva persuasión en la conducta con lo cual la prohibición ya existente se ha tornado ineficaz e ineficiente.

“Por lo tanto, para efecto de dotar de plena aplicación y efecto social en la protección de la integridad, vida y patrimonio de los poblanos es que se debe sancionar administrativamente la participación en carreras con vehículos de propulsión mecánica, ya que no debe conducir quien no está dispuesto a tener o a guardar con responsabilidad la vida y los bienes jurídicos de los demás conciudadanos, eso es el Pacto de Solidaridad que debe de existir entre los habitantes y el estado debe velar porque ese pacto exista además de la obligación que tiene por velar por todos los habitantes de esta entidad federativa”.

Dictamen:

"ÚNICO. Se ADICIONA el artículo 51 Bis de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue:

Artículo 51 Bis. En los casos a que se refiere la fracción XXXVII del artículo 19 de esta ley, se impondrán a los conductores de vehículos de propulsión mecánica además de las sanciones señaladas en el artículo anterior, la cancelación de licencia para conducir, sin que se pueda expedir una nueva en una temporalidad de diez años, considerando el modo, tiempo y lugar en que se cometió la infracción, así como las condiciones y circunstancias, independientemente de las demás sanciones que por el hecho se pudieran generar".

Transitorios

"TERCERO. La Secretaría de Movilidad y Transporte, se deberá coordinar con la Secretaría de Planeación y Finanzas, para mantener un banco de datos en el cual se contenga la información de los sujetos sancionados y la temporalidad en los supuestos establecidos, en el artículo 51 Bis de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, información que deberá ser consultada por la autoridad en la tramitación de las licencias".