Tras concluir el período de receso en el Congreso, en sesión virtual de la Comisión Permanente, fueron turnadas a comisiones las dos iniciáticas enviadas por el gobernador, la primera, la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas, así como la reforma a la Ley de Seguridad Pública.
Al inicio de la sesión, se guardó un minuto de silencio en memoria de un trabajador del área de servicios legislativos que falleció a causa de Covid-19, y la presidenta de la Mesa Directiva, María del Carmen Cabrera Camacho anunció que no se quitaría la mascarilla en ningún momento al estar en el recinto legislativo.
En sesión virtual de la Comisión Permanente de la LX Legislatura del Congreso del Estado se dio cuenta y turnó dos propuestas enviadas por el Ejecutivo estatal para la expedición de la Ley de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla, así como reformas a la fracción XII del artículo 17 de la Ley de Seguridad Pública.
Se espera que la próxima semana se cite a sesión extraordinaria el 25 de agosto para que se vote en el pleno la Ley de Desaparecidos, e incluso se pueda levantar el plantón que se instaló a las afueras del Congreso.
Durante la lectura de ocursos en el orden del día y a través del oficio SEGOB/1356/2021 de la Secretaría de Gobernación, por acuerdo del titular de Ejecutivo del estado, se remitió la iniciativa de decreto por la que se expide la Ley de Búsqueda de Personas de Personas del Estado de Puebla, misma que fue turnada para su análisis y resolución procedente a comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia y Derechos Humanos.
¿En qué consiste la Ley de Desaparecidos?
La iniciativa tiene la intención de establecer las funciones y coordinación entre las autoridades estatales y municipales para buscar a las personas reportadas como no localizadas, esclarecer los hechos y prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y cometida por particulares, en el ámbito de su respectiva competencia.
Asimismo, involucra los delitos vinculados previstos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Entre otras, la Ley de Desaparecidos propone la creación del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas, su regulación, crear los Registros Estatales de Personas Desaparecidas; establecer la forma de participación de los familiares en el diseño implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda, por mencionar algunas.
La reforma
Además, mediante el oficio SEGOB/1357/2021 la Secretaría de Gobernación, por acuerdo del Ejecutivo del Estado, remitió la iniciativa de decreto por la que se reforma fracción XII del artículo 17 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, misma que se turnó a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y resolución procedente.
La reforma propone “dirigir los mecanismos, sistemas y procedimientos de funcionamiento de los centros penitenciarios de reinserción social y los de internamiento especializados para adolescentes del estado, así como nombrar a los titulares de los centros penitenciarios estatales, regionales y distritales en la entidad”.
Con ello se ampliarán las facultades para que los directores de los penales dejen de ser nombrados por los presidentes municipales, y con ello haya un mayor control para evitar actos de corrupción, así como violaciones a los derechos humanos.
Actualmente en algunos municipios son los alcaldes son quienes realizan los nombramientos.