El Congreso de Puebla recibió la iniciativa denominada “Ley Ingrid”, la cual castigará hasta con 10 años de cárcel a quien difunda imágenes de  cadáveres que hayan sufrido violencia física sexual o sean víctimas de feminicidio; será una armonización con la legislación federal.

Durante la sesión ordinaria de la LXI Legislatura, se guardó un minuto de silencio por el asesinato de la activista Cecilia Monzón, la diputada Nora Merino presentó una reforma para homologar con la Ley en el Estado de Puebla con la federal.

Dicha iniciativa busca castigar con pena de 4 a 10 años de prisión y multas de 9 hasta 14 mil pesos a quien viole la Ley Ingrid, la cual reconoce como delito: publicar, difundir y hasta comercializar información reservada en video o fotografías sobre evidencias de personas o cadáveres que hayan sufrido violencia física sexual o sean víctimas de feminicidio.

Explicó en caso de que las víctimas sean niños, adolescentes y mujeres, la pena propuesta es de 6 hasta 15 años de prisión, e incrementen las penas económicas. Con esto, Puebla sería el quinto estado en homologar la ley federal con la local.

Aclaró  que la Ley Ingrid ya está en vigor, por lo que ahora solo falta a las diferentes entidades formalizar la homologación. 

Añadió que en el caso de Puebla, urge se resuelva el tema, sobre todo después de lo ocurrido con la activista Cecilia Monzón, de quien su hermana Helena pidiera que se respete el proceso de investigación y se salvaguarden los derechos de la víctima.

Indicó que la Ley Íngrid, justo es lo que castiga, el que se comparta información que este en uso de la FGE para no entorpecer la investigación y se logre dar con mayor rapidez con los responsables.

Recordó que el nombre de la iniciativa es por el feminicidio de Ingrid Escamilla, quien fue encontrada sin vida a un lado de la persona que presuntamente dice haber cometido el delito de feminicidio, el 9 de febrero de 2020.

La situación fue divulgada en diferentes medios, a los que les fue proporcionado el material fotográfico y de videos por servidores públicos de instituciones operadoras del sistema penal hecho que vulera derechos humanos de la víctima de manera grave.

La modificación será al artículo 422 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar de la siguiente manera:

"Se castigará con una pena de 4 a 10 años de prisión, así como una multa de $9,622.00 a $14,433.00, a quien  por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, videograve, audiograve, entregue, comparta, revele, envíe, exponga, transmita, difunda, publique, distribuya, comercialice o intercambie imágenes, audios, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos, del hallazgo, indicios o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física o sexual, de cadáveres o parte de ellos o de las circunstancias de la muerte".

"Las sanciones previstas en el párrafo nterior se incrementarán hasta en un cincuenta por ciento cuando se traten de casos de mujeres, niños, niñas o adolescentes. Pena de 6 a 15 años de prisión; Multa de $14,433.00 a $21,649.5".