Con la reforma al poder judicial, propuesta por el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta, se sancionará a jueces y magistrados que tengan reuniones extramuros con las partes para llegar a acuerdos; asimismo se reduce a cuatro años la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

En la reforma integral que anunció el gobernador, donde destacó que habría una limpia para terminar con actos de corrupción, destaca que se creará un mecanismo específico de responsabilidad, distinto al juicio político, que podría dar lugar, en su caso, a la destitución de los magistrados y consejeros de la Judicatura por denegación de justicia, incumplimiento doloso a los supuestos de impedimento judicial o por haber incurrido en violaciones a las reglas de conflicto de interés.

Dicho mecanismo será conocido por y se substanciará ante al Congreso del Estado, y podrá ser promovido por cualquier persona, en aras de garantizar la efectiva rendición de cuentas.

Adicionalmente, se proponen otros mecanismos de rendición para los servidores públicos del Poder Judicial del Estado: declaraciones públicas de parentesco, de situación patrimonial y de intereses, así como procedimientos específicos, responsabilidad por falta grave en caso de que los servidores realicen o gestionen indebidamente nombramientos, promociones o gratificaciones cuando exista un interés personal, familiar, económico o de negocios en el caso.

Asimismo, cuando sus actos u omisiones deriven en alguna ventaja o beneficio para él, su cónyuge, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.

Además, se propone incorporar dos recursos de legalidad ordinaria a cargo de la Sala Constitucional: revocación y revisión. El primero procede en contra de los acuerdos generales que emita el Consejo de la Judicatura, mientras que el segundo tendrá por objeto los actos de adscripción y remoción de Jueces, así como la remoción de Magistrados en los supuestos que prevea la ley.

Cero reuniones "en lo oscurito"

En aras de promover la sana práctica judicial, se introduce la prohibición para magistrados, consejeros de la judicatura, jueces y funcionarios judiciales de reunirse con las partes o sus representantes o apoderados fuera de los recintos o diligencias judiciales oficiales para tratar los asuntos jurisdiccionales en los que participen.

Correlativamente, la transgresión a dicha prohibición será considerada como falta administrativa grave.

La reforma constitucional

Además, a fin de prevenir las interacciones extralegales que inducen a la corrupción y al tráfico de influencias, se propone fijar en la Constitución un conjunto de lineamientos en materia de reglas de contacto entre los magistrados, consejeros, jueces o cualquier personal de los órganos jurisdiccionales y las partes, las cuales deberán ser desarrolladas por el legislador en cuanto a la determinación de sus supuestos, procedimientos, cargas probatorias, presunciones y sanciones.

Por otro lado, el proyecto prevé incorporar al texto constitucional un mecanismo específico de responsabilidad, distinto al juicio político, que podría dar lugar, en su caso, a la destitución de los magistrados y consejeros de la judicatura por denegación de justicia, incumplimiento doloso a los supuestos de impedimento judicial o por haber incurrido en violaciones a las reglas de conflicto de interés. Dicho mecanismo será conocido por y se substanciará ante al Congreso del Estado.

Retoma el rumbo

El documento de 42 páginas propone orientar la función judicial, a través de los valores democráticos de rendición de cuentas, honradez, transparencia, publicidad, accesibilidad, legalidad, así como los de independencia e imparcialidad, por medio de su consagración normativa en la Constitución poblana como principios rectores.

También se plantea la creación de la Sala Constitucional de carácter permanente, adscrita al Poder Judicial del Estado, orgánicamente independiente del Tribunal Superior de Justicia, con autonomía de jurisdicción para la resolución de los asuntos de su competencia, a la que corresponde la interpretación, defensa y garantía jurisdiccional de la Constitución poblana y de los derechos humanos reconocidos en el ordenamiento jurídico Estatal, procurando en todo momento su protección más amplia.

La Sala Constitucional se integrará por cinco magistrados, nombrados conforme a lo previsto en la Constitución para los magistrados del Tribunal Superior y a las reglas de escalonamiento en su integración que prevea la ley orgánica respectiva.

Adicionalmente, en la iniciativa se prevé que el Pleno de la Sala Constitucional nombre a su respectivo presidente, de entre sus integrantes, por un periodo de cuatro años, sin posibilidad de reelección, el cual será distinto a los presidentes del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, con lo que se fortalece la autonomía de esta Sala frente a cualquier otro órgano del propio Poder Judicial.