"No debe politizarse el tema de la despenalización del aborto", sentenció la senadora y exministra, Olga Sánchez Cordero, al indicar que es un derecho de las mujeres.
Durante el Foro Nacional de Acceso a la Justicia para las Mujeres en el Centro Expositor de Puebla, señaló que es uno de los temas de acceso a la justicia de las mujeres.
“No es un tema político, es un tema de jus…ti…cia”, enfatizó al referir que no es un tema político, luego de que el tema no ha sido abordado por el Congreso del estado de Puebla.
Durante el foro, la que fuera integrante de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) en retiro, señaló tajante: “Somos incómodas en ocasiones, somos incomodas en algunos espacios”.
Indicó quien también fuera secretaria de Gobernación federal al inicio de la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), que en ocasiones compiten las mujeres en espacios y en ocasiones incómodamente.
“Podemos recordar de dónde venimos, aprender de nuestros tropiezos, pero también de nuestros éxitos en el acceso a la justicia”, señaló al reconocer que aún falta mucho.
Señaló que lleva casi 60 años en las filas del feminismo y ha tenido que romper barreras del patriarcado, del autoritarismo en favor de la libertad y sobre todo de la justicia de las mujeres.
“Todas las mujeres, hemos ido rompiendo techos de cristal impuestos por la cultura patriarcal, compartiendo y compitiendo en espacios”, sostuvo la senadora.
Indicó que hace pocos años a su paso por la SCJN se lograron establecer medidas de la participación de las mujeres en la impartición y procuración de justicia, por lo que según datos de INEGI, de 53 mil servidoras públicas del Poder Judicial de la federación, el 48% fueron mujeres.
“Yo diría que los tres poderes y órdenes de gobierno debemos lograr juzgar, legislar, administrar con perspectiva de género”, dijo al señalar que el foro es como un corte de caja para plantear y planear próximos objetivos en el acceso a la justicia y practicar los avances.
El aborto en Puebla
En Puebla, una mujer puede ser procesada por aborto, según el artículo 342, aunque el juez que tuviera un caso, podría invalidar la legislación y aplicar lo determinado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los jueces están obligados a tomar los criterios de la SCJN, por lo que ya no pueden emitir sentencias en dichos casos.
Desde 2018, la SCJN resolvió que las instituciones de salud en México deben contar con políticas de salubridad para atender, sin dilación alguna, casos urgentes de interrupción legal del embarazo, en caso de violación.
El Código Penal de Puebla mantiene dos artículos donde se exponen sanciones no solo a las mujeres que aborten, sino también a las personas que consientan el aborto, las que podrían ser médicos, enfermeras u otras personas.
El artículo 340 establece sanciones de uno a tres años al que hiciere abortar a una mujer, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella.
El 341 señala si el aborto lo causare un médico, cirujano, o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al artículo 340, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión u oficio.
El artículo 343 del código penal de Puebla señala que el aborto no es sancionable si es causado solo por imprudencia de la mujer embarazada (es decir, por accidente o espontáneo)
Asimismo, no se sanciona cuando el embarazo sea el resultado de una violación, ni cuando la embarazada corra peligro de muerte, a juicio de dos médicos.
Además, no hay delito cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos.