El día de ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un escueto boletín en el que resalta el sentido de una resolución relacionada con un juicio civil en donde este columnista fue demandado por Armando Prida Huerta por un supuesto daño moral ocasionado por el texto de una de mis columnas, publicada en agosto de 2009.
De acuerdo con el comunicado de la SCJN, se determinó que las palabras puñal y maricones deben ser consideradas como causantes de daño moral, por el contenido homofóbico de las mismas.
A reserva de conocer el sentido de la resolución de la Corte, es importante puntualizar que Armando Prida demandó por su propio derecho ante los tribunales argumentando que mi columna le había provocado daño moral.
Ante esta hipótesis, un Tribunal Federal me concedió un amparo argumentando que las descalificaciones mutuas eran parte de una guerra mediática, lo cual no puede generar un daño por la naturaleza de nuestra profesión y por el ejercicio de la libertad de expresión garantizado como un derecho constitucional.
Una vez otorgado dicho amparo, Prida Huerta acudió a la SCJN, a través de un recurso de revisión, argumentando violaciones a sus garantías constitucionales.
Después de esta larga travesía jurídica, el día de ayer la primera sala de la Suprema Corte sesionó dándole un vuelco al asunto, al iniciar una discusión sobre dos palabras utilizados en esa columna: puñal y maricones.
De manera inexplicable, el ministro ponente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea abordó el tema y sometió a la consideración de sus compañeros de sala el tema de la supuesta homofobia contenida en mi texto.
Y digo inexplicable porque la columna en cuestión jamás emplea esos términos para dirigirse a Armando Prida.
Si bien es cierto que los términos fueron utilizados, éstos tenían otros destinatarios ajenos al dueño de Síntesis, por lo que es inaplicable el supuesto del daño moral en contra de una persona a la que nunca se le adjudicaron esos calificativos.
Quiero pensar que la revocación del amparo sólo sea para dejar un precedente respecto a los términos considerados por los ministros como homofóbicos, y no por haber generado un daño a una persona a la que nunca se le dirigieron esos calificativos.
Para dar un mayor contexto les presento el link, en donde se puede leer de manera íntegra el contenido de Contracara, publicada en 2009.
http://www.twitlonger.com/show/l83dsk
Me resisto a creer que el ministro Zaldívar Lelo de Larrea no se haya percatado de que Prida nunca fue señalado como puñal ni maricón.
El señor actuó por derecho propio y no en representación de quienes pudieran sentirse aludidos, lo cual deja sin efecto su demanda por el supuesto daño moral.
Así las cosas, esperaré paciente a conocer el sentido de la resolución y sus efectos legales.
La polémica por la homofobia
Más allá de las puntualizaciones jurídicas, el comunicado de la Corte provocó una controversia por la resolución emitida.
En diversos medios internacionales, nacionales y locales, la resolución de los ministros generó diversos puntos de vista.
Por un lado, la Cenapred se congratuló por la acción antihomofóbica, y por otro existieron posturas que tacharon de absurdos y anacrónicos a los ministros, por no entender la idiosincrasia mexicana.
Al final del día, no creo que en este país alguien se haya salvado de recibir uno de estos calificativos, que forman parte del folclor y la picardía nacional.
Ya no hablemos de los porteros del futbol mexicano en cada despeje.
¿O acaso demandarán a las porras?
*Mallete. Martillo utilizado por los jueces al momento de emitir una sentencia.