La información publicada ayer por Intolerancia Diario, sobre la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de separar de su cargo y consignar penalmente al alcalde de Ciudad Serdán, Juan Navarro, y a ocho de los miembros de su Cabildo, es un tema que en cuestión de días deberá surtir los efectos legales correspondientes.

Hay que recordar que la resolución de este Tribunal Colegiado obedece a que el Ayuntamiento no acató los alcances del amparo concedido por un juez, de permitir la libre operación de una ruta de transporte en ese municipio.

En respuesta a esta publicación, sobre su desacato al amparo concedido por un juez de distrito y su inminente destitución, el todavía alcalde de Serdán dijo: “No, a nosotros nos llegaron los documentos a la oficina, no se contestó, eso fue un error del Ayuntamiento, no sé por qué pasó mucho tiempo (…) después contestamos que ya se había otorgado el permiso, pero el concesionario no quiso agarrarlo”.

El abogado levantó un acta, diciendo que no quiso recibir el permiso de uso de suelo. De ahí lo remitieron a Puebla, nosotros ya cumplimos en otorgarle el permiso, no lo quiso aceptar, lo mandaron para demostrar que lo habíamos entregado”.

Ahorita estamos en espera de que lo contesten, pero no es así, que un juez ya ordenó la destitución”.

El error fue contestarlo fuera de tiempo, pero después se contestó, estamos esperando respuesta”.

Creo que llegaron dos o tres notificaciones y no se contestaba, pero también se dio solución, porque se dio el uso de suelo y se le mandó al concesionario, que ya no lo quiso agarrar. 

Una persona se amparó y el error fue no haber contestado a tiempo, pero no existe ninguna orden. Siguen ahí todavía”.

Tras sus declaraciones, es evidente que la ignorancia jurídica del presidente Juan Navarro es de altas proporciones.

Sin darse cuenta, confiesa que sí fue notificado y que su error consistió en no contestar a tiempo.

Alguien deberá explicarle que en un Estado de Derecho, los términos jurídicos son para cumplirse. 

Si el Tribunal Colegiado le dio 3 días para enviar un informe sobre el cumplimiento o no de la suspensión otorgada en el amparo y no contestó, el término se le venció y para los magistrados la no respuesta es suficiente para determinar el desacato y su destitución.

Y si el alcalde no ha recibido la orden de separación del cargo, es porque el Tribunal Colegiado la mandó a la Suprema Corte para que ésta se lo remita al Congreso del Estado para que ejecute la resolución.

Así las cosas, la ignorancia del alcalde, no impedirá que en breve le caiga la guillotina.

Es cosa juzgada.