Mientras la polémica de la legalización del aborto en Puebla sube de tono, tan solo este año a cuatro mujeres en Puebla les han iniciado procesos por cometer este acto aún es tipificado como delito.

Además otras 11 mujeres han sido sentenciadas desde 2009, aunque solo una de ella recibió condena desde 2018.

Así lo refieren las estadísticas del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) y del Tribunal Superior de Justicia, solicitadas por la ley de transparencia.

Los datos del SNSP, destaca que se iniciaron en este 2019 dos procesos por el delito de aborto en el mes de enero y la misma cantidad en marzo.

En el mismo lapso en todo el país se han abierto 427 carpetas de investigación por abortos, según las estadísticas oficiales, un promedio de tres procesadas cada tres días.

En ese entorno,  Cinayini Carrasco Colotla, directora del Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), señaló que la propuesta en el Congreso estatal, no es para despenalizar el aborto, sino para disminuir o modificar las sanciones.

“Que las mujeres no vayan a la cárcel, pero que hagan trabajo comunitario”, señaló.

Una  mujer que se practica un aborto en Puebla, corre peligro de ser sentenciada hasta con cinco años de prisión, pena que puede bajar según su historial.

También el médico o partera que acceda a practicar el procedimiento enfrentaría hasta 3 años de cárcel e inhabilitación para ejercer su profesión hasta 5 años.

La sección octava del Código Penal, adicionada por el Congreso del estado en marzo del 2009, por iniciativa del PAN, aprobó penalizar el aborto en Puebla.

Criminalización ¿a la baja?

De cada tres procesos por aborto que llegaron al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), dos llegaron a una sentencia condenatoria y ni una sola mujer fue absuelta.

Y es que desde 2009, once mujeres han sido sentenciadas por abortar en Puebla de entre 24 procesos radicados, por lo que quedan pendientes de sentencia aún 13 casos por resolver.

Sin embargo, las cifras de procesos radicados, ha bajado en los últimos tres años, al registrar uno solo abierto desde 2017 a la fecha.

Así se comprueba en estadísticas del poder judicial del estado de Puebla, entregadas mediante la solicitud 00177019.

Asimismo, datos arrojados por el SNSP en su último reporte del índice delictivo, destaca que en lo que va del año la Fiscalía General del estado, ha abierto cuatro carpetas de investigación por el delito de aborto.

Cabe destacar que durante todo 2018, solo se abrió una carpeta de investigación por aborto, mientras que en 2017 fueron nueve los casos investigados.

Asimismo en 2016, se registraron 13 carpetas de investigación por aborto y en 2015, siete casos.

Puebla, junto con otros siete estados de la República mantiene las penalidades más altas por aborto, al establecer prisión de uno a cinco años y no contemplar otros castigos como la multa económica o trabajo comunitario.

Un estudio del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), señala que entre 2007 a 2016, se registraron 55 denuncias por el delito de aborto, se enfrentaron 37 juicios penales y se emitieron 13 sentencias.

Gire señala que acuerdo con información del SNSP, se registraron cinco personas por el delito de aborto, cuatro mujeres y un hombre.

El organismo civil afirma que el Código Penal de Puebla es discriminatorio, ya que a la madre que haya decidido abortar se le aplicará una sanción menor, de seis meses a un año.

Pero solamente aplicará “no tenga mala fama, haya logrado ocultar su embarazo o no sea fruto del matrimonio”.

Sin embargo, el aborto no será sancionable cuando se haya dado por “imprudencia” de la embarazada, sea resultado de una violación, la mujer corra peligro de muerte o el producto sea parte de la eugenesia.

Entre burocracia e injusticia

El GIRE documentó diversos casos donde la autoridad y burocracia no dieron apoyo a víctimas.

Por ejemplo está el caso de Lucía en 2015, quien tenía 14 años cuando fue víctima de abuso sexual por parte de su padrastro durante varios meses y resultó embarazada.

Acompañada por su mamá interpuso una denuncia y solicito la interrupción legal de su embarazo en Puebla, donde residía.

Tanto el Ministerio Público como el Hospital General de Cholula le negó el acceso a un aborto legal con el argumento de que su embarazo era de 13 semanas, de acuerdo con el ultrasonido realizado: una semana más del límite que marca el código penal local.

Ante esta negativa, con el acompañamiento de GIRE, Lucía y su mamá interpusieron una demanda de amparo.

Pero como la resolución tardaba y las semanas seguían trascurriendo, decidieron realizar el aborto legal en la Ciudad de México.

La afectación psicológica de Lucía fue difícil de superar y la falta de apoyo por parte de las autoridades que no ayudó.

“Su caso es un claro ejemplo de cómo los plazos establecidos en algunos códigos penales para acceder al aborto por violación son una barrera importante para la garantía de los derechos humanos de las niñas y mujeres víctimas de violencia en México”, señala el organismo.