Este viernes, en sesión de las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Derechos Humanos, en el Congreso del Estado, se avaló la iniciativa de Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas.
El proyecto fue aprobado por el principio de concentración, es decir, se tomaron en cuenta tanto las iniciativas del Colectivo Voz de los Desaparecidos, así como la iniciativa presentada por el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa.
La iniciativa de Ley
La Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas establece las funciones y bases de coordinación entre las autoridades estatales y municipales para la búsqueda de personas desaparecidas, esclarecer los hechos y prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
La ley avalada en comisiones, se turna al pleno del Congreso para aprobarse en una sesión extraordinaria, la cual contempla el Sistema Estatal de Búsqueda de Personas, el que regula y organiza el funcionamiento de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla, la que ya existe desde 2020, instalada en los primeros meses de la actual administración estatal.
Además, la ley prevé la aplicación de los tipos penales, delitos ya existentes, sanciones, reglas especiales de aplicación, distribución de competencias, dispuestos en la Ley General.
Por otra parte, se incorpora un esquema de responsabilidades administrativas para autoridades y servidores públicos, además de que "se incluye el plan de contingencia, como instrumento de prevención o reacción rápida frente a contextos de riesgo y la salvaguarda de la vida", señala el documento.
Además, se establecen indicadores de evaluación de objetivos que sean “confiables y transparentes”, sobre la eficacia y eficiencia de resultados en materia de hallazgo, localización y ubicación de personas desaparecidas o no localizadas.
El documento contempla el Consejo Ciudadano como órgano consultivo del Sistema Estatal y de la Comisión Estatal, además se establece el Grupo de Búsqueda como auxiliar de la Comisión Estatal, en la forma y término en que lo dispone la Ley General.
Por otra parte, se dispone la creación, organización y funciones de la Fiscalía Especializada en la investigación y persecución de estos delitos y se desarrollan las atribuciones de los municipios en materia de búsqueda de personas, la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas también contempla un título destinado a la protección de los derechos de las víctimas.
La SSP nombrará a directivos de los Centros Penitenciarios
Por otra parte, integrantes de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia avalaron reformas a la Ley de Seguridad Pública, una iniciativa enviada por el gobernador, Miguel Barbosa, con ello los directivos de los Centros de Reinserción Social serán nombrados por el titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
“La necesidad de reformar la Ley de Seguridad Pública del Estado con el objeto de otorgar la facultad a la persona titular de la Secretaría de Seguridad Pública de nombrar a la persona titular de los Centros Penitenciarios en el Estado”, se cita en el documento.
En Puebla existen 21 Centros Penitenciarios, los cuales se clasifican en estatales que corresponden a Puebla, Tepexi de Rodríguez y Ciudad Serdán, así como el Centro COVID y el Centro de Internamiento Especializado para Adolescentes.
Los regionales que se ubican en Tehuacán, San Pedro Cholula y Huauchinango; así como los Distritales que son los de Xicotepec de Juárez, Zacatlán, Chignahuapan, Tetela de Ocampo, Teziutlán, Zacapoaxtla, Tlatlauquitepec, Libres, Huejotzingo, Tepeaca, Tecamachalco, Tecali de Herrera y Acatlán de Osorio.